Requisitos de elegibilidad

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¿Quién puede recibir servicios de la NYSCB?

Todos los servicios están disponibles para los residentes del Estado de Nueva York que sean legalmente ciegos. La ceguera legal se define como tener una agudeza visual de 20/200 o menos en el ojo mejor o más fuerte con la mejor corrección, o un campo de visión restringido de 20 grados o menos en el ojo mejor o más fuerte.

Si tiene una discapacidad visual grave pero no es legalmente ciego, puede optar a servicios de conservación del empleo que le ayuden a mantenerlo y a adaptarse a su discapacidad.

Si no está seguro de ser legalmente ciego, o de si puede optar a los servicios para salvar el empleo, la NYSCB puede ayudarle a determinar su elegibilidad.

¿Cómo lo solicito?

Si está interesado en alguno de los programas o servicios ofrecidos por la NYSCB y desea recibir una solicitud, o necesita ayuda para rellenarla, póngase en contacto con la oficina de distrito más cercana a usted, o llame al número gratuito que aparece a continuación:

1-866-871-3000

TDD: 1-866-871-6000

Rellene la solicitud, que puede encontrarse en en la página de formularios, y preséntela en la oficina del distrito. A continuación se programará una entrevista inicial con un consejero o representante de la NYSCB. También puede ser remitido por una escuela, un médico, una agencia privada para ciegos u otras organizaciones comunitarias, sanitarias o de servicios sociales.

Aunque la solicitud es bastante sencilla, es posible que en el proceso de solicitud se necesite información adicional sobre los antecedentes, como informes médicos, expedientes escolares o historial de trabajo, y puede que se necesite más adelante para determinar su elegibilidad. Los informes médicos recientes que verifiquen su discapacidad pueden ser útiles y pueden ser solicitados. Si no están disponibles, la NYSCB le ayudará a obtener esta información.

¿Qué pasa después?

Dependiendo de su elegibilidad, su consejero trabajará con usted para desarrollar un Plan de Servicio Individual (ISP) o un Plan Individualizado de Empleo (IPE). Estos planes le ayudarán a definir su objetivo y a trazar una línea de acción para alcanzarlo.

El cumplimiento de su plan individual puede requerir formación, equipos de adaptación, cursos y asesoramiento. Puede hacer el mejor uso de los servicios de la NYSCB siguiendo estas directrices: