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La Comisión para Ciegos del Estado de Nueva York (NYSCB) es la entidad estatal responsable de mantener el Registro de Ojos de todos los neoyorquinos declarados legalmente ciegos que residen en el estado de Nueva York. El registro cae bajo las Leyes no consolidadas de McKinney § 8704.
Los servicios están disponibles en la Comisión para Ciegos del Estado de Nueva York y agencias locales para ciegos.
Se requiere que los optometristas y médicos reporten los nombres y direcciones de las personas clasificadas como legalmente ciegas completando un formulario de Reporte de Ceguera Legal/Solicitud de Información, (OCFS-4599).
La parte A del formulario incluye información básica del registro. La Parte B es la solicitud de información de NYSCB. Esta sección indica qué tipo de servicios podría necesitar el individuo y facilita el inicio del proceso de rehabilitación.
La información útil para los médicos la puede encontrar en Posibilidades de ver: hechos del profesional médico, (Pub. 5154).