Prevención de la violencia doméstica en el estado de Nueva York

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La violencia doméstica es cuando una persona hace cosas para controlar a otra persona en una relación íntima. Un cambio de poder puede ocurrir tan lentamente con el tiempo que la otra persona ni siquiera puede recordar cuándo sucedió; también puede ocurrir rápidamente después de algún tipo de compromiso o un cambio en la relación. El abuso físico es solo una de las muchas formas en que una pareja puede tratar de obtener poder y control en una relación.

La Ley de Prevención de la Violencia Doméstica del Estado de Nueva York se promulgó en 1987 para apoyar los servicios para las víctimas de la violencia doméstica y sus hijos.

Esta ley requiere que los condados brinden refugio y servicios a las víctimas de violencia doméstica y establece mecanismos de financiación principales para estos programas.

La OCFS creó regulaciones para promover estándares para el establecimiento y mantenimiento de programas de violencia doméstica residenciales y no residenciales, y establecer la responsabilidad del departamento local de servicios sociales para los arreglos financieros y contractuales con los proveedores de servicios residenciales de violencia doméstica.

Consulte las reglamentaciones sobre violencia doméstica de la OCFS (18 NYCRR Partes 452-455, 462 y 408) para obtener más información.

Las principales responsabilidades de la OCFS en relación con la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica incluyen: