Respuesta de evaluación familiar

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Respuesta de evaluación familiar: Otro camino hacia la seguridad

La Respuesta de Evaluación Familiar (FAR) es la respuesta alternativa de Protección Infantil del Estado de Nueva York a algunas denuncias de maltrato infantil. La FAR no exige que se investiguen y determinen las alegaciones y la culpabilidad individual de las familias denunciadas ante el SCR. Se trata de un enfoque alternativo para proporcionar protección a los niños, haciendo que las familias participen en una evaluación de la seguridad de los niños y de las necesidades familiares, en la búsqueda de soluciones a los problemas familiares y en la identificación de apoyos informales y formales para satisfacer sus necesidades y aumentar su capacidad para cuidar de sus hijos.

La seguridad es siempre lo primero

Los programas de SPC que utilizan el FAR no lo hacen para todos los informes de SPC. Las FAR sólo pueden utilizarse cuando los asistentes sociales vean que no hay un peligro inmediato para los niños y cuando no haya acusaciones de abuso infantil grave. Cada distrito de servicios sociales desarrolla sus propios criterios específicos para utilizar el FAR. Los servicios de protección de la infancia seguirán recurriendo a las investigaciones tradicionales para las denuncias graves de maltrato y abandono de niños y cuando éstos corran un riesgo inminente de sufrir daños. Pero las investigaciones no son necesarias para muchas familias con dificultades que quieren lo mejor para sus hijos.

La filosofía de las FAR

Con la FAR, los asistentes sociales trabajan en asociación con las familias para abordar los problemas que podrían afectar a la seguridad de los niños. No hay una "investigación" de los Servicios de Protección de Menores y no se determina si hubo malos tratos. No hay culpa.

La FAR se basa en la creencia de que los padres quieren a sus hijos y desean que estén seguros. A veces los padres necesitan ayuda para conseguirlo. La FAR puede proporcionar esa ayuda. El enfoque de la FAR está centrado en la familia y dirigido por ella. Se basa en los puntos fuertes de las familias y responde a sus necesidades individuales. El enfoque se centra en las soluciones. Esto significa que está diseñado para poner en contacto a las familias con los servicios que necesitan para fortalecer y apoyar a sus familias y para prevenir la futura participación en el sistema de bienestar infantil.

El enfoque FAR

La participación en el FAR es voluntaria. Cuando un asistente social se ofrece a responder a un informe de los SPI con FAR, el sujeto (es decir, la persona que el informe dice que ha cometido maltrato o negligencia infantil) siempre puede elegir que los SPI respondan con una investigación tradicional en su lugar.

Mantener la seguridad de los niños

Aunque el enfoque de las FAR no es un enfoque de investigación, las FAR siguen siendo una respuesta de protección de la infancia, y los asistentes sociales siempre deben proteger la seguridad de los niños en primer lugar. El asistente social y la familia evalúan constantemente la seguridad y el riesgo de los niños de la familia. Si, mientras trabaja con una familia, un asistente social de las FAR tiene serias dudas sobre la seguridad inmediata de un niño, el servicio de protección de la infancia tendrá que abrir una investigación y dejar de utilizar las FAR.

Cómo participar

El enfoque de Respuesta de Evaluación Familiar se convirtió en una opción permanente, de conformidad con el Capítulo 45 de las Leyes de 2011, para los distritos locales de servicios sociales en todo el Estado de Nueva York. Aquellos distritos que estén interesados en participar o quieran ampliar su programa actual deben ponerse en contacto con la oficina regional de la OCFS correspondiente .

Reglamento de respuesta a la evaluación familiar

La normativa final adoptada para los programas de Respuesta de Evaluación Familiar (FAR) en Nueva York, en vigor desde el 22 de octubre de 2014, proporciona normas detalladas sobre el proceso de solicitud y aprobación para los distritos de servicios sociales que deseen establecer un programa FAR; aborda los requisitos de procedimiento, evaluación y trabajo de casos relacionados con los casos FAR; establece los requisitos administrativos para el funcionamiento de un programa FAR; y establece normas de confidencialidad y redistribución.

A continuación se presentan los reglamentos actualizados, junto con los que aplican los requisitos legales y de las FAR para la formación y las cualificaciones de los servicios de protección de la infancia (CPS).

Solicitudes de respuesta de evaluación familiar aprobadas

De conformidad con el Capítulo 452 de las Leyes de 2007, se invitó a los condados interesados en utilizar un enfoque de respuesta diferencial/respuesta de evaluación familiar (FAR) para manejar una parte de sus informes de maltrato infantil a presentar una solicitud a la OCFS en busca de aprobación. A continuación, de conformidad con el artículo 427-a.8 de la Ley de Servicios Sociales, la OCFS publicará el plan contenido en la solicitud aprobada para la aplicación de un programa de respuesta diferencial en un plazo de sesenta días a partir de dicha aprobación.

Aplicaciones aprobadas en 2015

Aplicaciones aprobadas en 2013

Aplicaciones aprobadas en 2012

Aplicaciones aprobadas en 2011

Aplicaciones aprobadas en 2010

Aplicaciones aprobadas en 2009

Aplicaciones aprobadas en 2008