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Verificaciones integrales de antecedentes del estado de Nueva York
Como lo exige la Ley de Subvención en Bloque para el Cuidado y Desarrollo de Niños (CCDBG) y la Ley de Servicios Sociales del Estado de Nueva York, las nuevas verificaciones integrales de antecedentes entraron en vigencia el 25 de septiembre de 2019.
Los requisitos de verificación de antecedentes incluyen:
- Comprobación de los antecedentes penales del Estado de Nueva York
- Comprobación de los antecedentes penales del FBI
- Registro de abuso y maltrato infantil del Estado de Nueva York
- Comprobación del registro de delincuentes sexuales del Estado de Nueva York
- Centro Nacional de Información y Crimen-Registro Nacional de Delincuentes Sexuales
Además, en el caso de cualquier persona que resida o haya residido en otro estado en los 5 años anteriores, se deben realizar las siguientes comprobaciones con respecto a ese estado o estados:
- Depósito de antecedentes penales
- Registro de abuso y maltrato infantil
- Registro de delincuentes sexuales
Todos los operadores, empleados y voluntarios de los programas de cuidado de niños autorizados/registrados están ahora sujetos a estas disposiciones, incluidos los miembros del hogar mayores de 18 años en los programas de cuidado de niños familiares y grupales. Todos los directores de programas de grupo, empleados y voluntarios legalmente exentos también están sujetos a estas disposiciones. Además, cualquier proveedor, empleado y voluntario no familiar en un entorno de cuidado infantil en el hogar legalmente exento está sujeto a las comprobaciones de antecedentes mencionadas. Cualquier proveedor, empleado, voluntario y miembro adulto del hogar que no sea pariente, a menos que dicho miembro del hogar esté relacionado de alguna manera con todos los niños bajo cuidado, en un entorno de cuidado infantil familiar legalmente exento, también está sujeto a la verificación de antecedentes mencionada anteriormente. Estas comprobaciones de antecedentes no se aplican a ninguna persona que se dedique al cuidado de niños en el hogar por parte de un pariente o al cuidado de niños en el hogar por parte de un pariente, que están legalmente exentos.
Las personas interesadas deben ser autorizadas en el momento de la solicitud/inscripción. Las personas que ya ejercían sus funciones antes del 25 de septiembre de 2019 deben seguir un calendario emitido por la OCFS para someterse a la revisión de estos nuevos requisitos. Ese calendario requiere que estas personas presenten la documentación requerida y programen su cita para la toma de huellas dactilares dentro de los 7 días siguientes a su cumpleaños. Una vez que las personas completan las exhaustivas comprobaciones de antecedentes exigidas por la CCCDBG y son aprobadas para sus funciones, la aprobación es válida durante un máximo de 5 años, a menos que se produzca una interrupción del servicio en cualquier programa durante más de 180 días. Esta aprobación también está supeditada al hecho de que no surjan nuevos problemas en la comprobación de los antecedentes del individuo que requieran la intervención o la evaluación de la OCFS. Además, estos requisitos tienen ahora delitos obligatorios de inhabilitación.
Para iniciar el proceso de comprobación exhaustiva de antecedentes, las personas deben seguir las instrucciones del formulario OCFS-4930 para programar una cita para la toma de huellas dactilares y también presentar un paquete completo OCFS-6000 a la agencia reguladora/de inscripción de su programa.
El 7 de febrero de 2020, la OCFS también adoptó nuevas regulaciones que permiten a los nuevos (posibles) miembros del personal, voluntarios y miembros del hogar de los programas de familias/grupos de familias que tengan 18 años o más en programas autorizados/registrados, comenzar a trabajar/residir en un programa de cuidado infantil bajo supervisión, siempre y cuando se les hayan tomado las huellas digitales y se haya presentado el formulario OCFS-6004 a su regulador. El resto de la documentación del paquete 6000 de la OCFS también debe ser presentada para ser plenamente aprobados en sus funciones.
En resumen, las nuevas normas exigen:
- Todas las personas nuevas (potenciales) en los programas autorizados, registrados y exentos legalmente deben completar todo el proceso de verificación de antecedentes. Los empleados pueden empezar a trabajar en un programa de cuidado infantil de forma supervisada sólo después de presentar las huellas dactilares para una verificación de antecedentes y el OCFS-6004. Estos empleados deben ser supervisados en todo momento y nunca deben estar solos con los niños.
- Todos los individuos existentes deben programar una cita para la toma de huellas dactilares de antecedentes penales dentro de una semana de su cumpleaños.
Vea la presentación en Comprobación exhaustiva de antecedentes actualizada según el mandato federal de la Ley de subvenciones en bloque para el desarrollo del cuidado infantil de 2014 (CCDBG).