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Contenido
Adopción de la Agencia Incorporación
¿Busca la autorización inicial para prestar servicios de adopción en el Estado de Nueva York?
La Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) agradece su interés en ser aprobada como agencia de adopción autorizada por el Estado de Nueva York. La OCFS es legalmente responsable de la regulación, supervisión y aprobación de los programas de adopción en el Estado de Nueva York. La OCFS espera trabajar con su nueva agencia para proporcionar servicios de adopción de calidad a las familias de Nueva York. En Nueva York, las agencias de adopción no tienen licencia. Las agencias obtienen la autorización para operar al ser aprobadas por la OCFS a través del proceso de incorporación. La aprobación es por un período de tiempo limitado, según lo especificado por la OCFS, y las extensiones requieren la aprobación previa de la OCFS.
¿Cuáles son los pasos para la aprobación como agencia de adopción en NY?
Infórmate
- Infórmese sobre los estatutos, reglamentos y políticas del Estado de Nueva York que proporcionan las normas legales y políticas que estará obligado a seguir en relación con el funcionamiento de un programa de adopción. (Véanse las leyes/reglamentos/políticas más abajo). Determine qué tipo de programa de adopción va a desarrollar, ya sea nacional, internacional o una combinación de ambos. Sólo las agencias que también están aprobadas para gestionar un programa de hogares de acogida pueden prestar servicios de adopción a niños en régimen de acogida.
- Infórmese sobre el proceso de incorporación en el Estado de Nueva York. Sólo las empresas sin ánimo de lucro pueden solicitar la autorización como agencia de adopción. Consulte la página web del Departamento de Estado (DOS) o póngase en contacto con el DOS por teléfono llamando al (518) 473-2492. Consulte a un asesor jurídico privado sobre el proceso de constitución, si es necesario.
Incorporar y montar una aplicación
- Desarrollar un plan de negocio. Puede utilizar una plantilla de plan de negocio .
- Seleccione el lugar donde tiene previsto mantener una oficina principal en el Estado de Nueva York.
- En función de la ubicación de su oficina propuesta, póngase en contacto con la Oficina Regional (OR) de la OCFS correspondiente y pida hablar con el especialista en adopciones para obtener un paquete de solicitud.
- Complete el paquete de solicitud y el plan de negocio y reúna toda la información complementaria. La solicitud tendrá que demostrar cómo la agencia cumplirá con las normas legales y de programa aplicables que implica el funcionamiento de un programa de adopción.
- Envíe la solicitud completa, el plan de negocio y toda la información complementaria al especialista en adopción de la OCFS RO.
El proceso de aprobación
- El especialista en adopciones de la OCFS programará una visita al lugar. La visita al lugar incluirá una revisión completa del programa propuesto por la agencia, incluyendo, pero sin limitarse a ello, la política, la práctica, el almacenamiento de registros, la seguridad (qué tipo de seguridad) y, si están disponibles, los registros de casos de la agencia.
- La autorización también requiere la revisión y aprobación del Servicio de Adopción del Estado de Nueva York de la OCFS, la Oficina de Gestión Financiera y la Oficina del Asesoramiento de la Casa.
- Un solicitante que se acerque a la fase final de la aprobación del programa deberá presentar a la oficina del Asesor Jurídico de la OCFS para su revisión y aprobación, según corresponda, una propuesta de certificado de constitución o certificado de enmienda para las corporaciones de Nueva York o una propuesta de Solicitud de Autoridad para las corporaciones de fuera del estado que otorgue a la agencia la autoridad para colocar a los niños con fines de adopción. Consulte la página web del Departamento de Estado del Estado de Nueva York (DOS) o póngase en contacto con el DOS por teléfono llamando al (518) 473-2492 para obtener información adicional sobre los certificados corporativos y su presentación.
- Su agencia debe presentar esta aprobación junto con el certificado original o la solicitud de autorización ante el Departamento de Estado. El acto de presentar el certificado o la solicitud de autorización y aprobación es lo que hace que asuma la autoridad legal para operar un programa de adopción en Nueva York.
- Tras la presentación del recibo de presentación a la OCFS, su agencia será añadida a la lista de agencias de adopción autorizadas por el Estado de Nueva York.
Leyes, reglamentos y políticas
Leyes del Estado de Nueva York
Las siguientes leyes del Estado de Nueva York están relacionadas con la apertura y el funcionamiento de una agencia de adopción.
- Relaciones domésticas 5-A Jurisdicción uniforme sobre la custodia de los hijos & Ley de aplicación (títulos 1-4)
- Relaciones domésticas (DOM) - Artículo 7 Adopción (Títulos 1-4)
- Corporación sin ánimo de lucro (NPC) -Artículo 4 Formación de corporaciones
- Corporación sin fines de lucro (NPC) - Artículo 13 Corporaciones extranjeras (1301 - 1321)
- Servicios Sociales(SOS): Artículo 6 Niños, Título 1 - Cuidado y protección de los niños (371-392)
Título 18
Adopción de la OCFS relacionada con el Título 18 de los Códigos y Reglamentos del Estado de Nueva York (NYCRR).
- 18 NYCCR Parte 420 - Servicio Estatal de Adopción
- 18 NYCRR Parte 421 - Normas de práctica para los servicios de adopción
- 18 NYCRR 431.18 - Cuidado y protección de los niños indios
- 18 NYCRR Parte 482 - Aprobación del Certificado de Incorporación
Directrices políticas de la OCFS
Las siguientes directivas políticas de la OCFS pueden encontrarse en: ocfs.ny.gov/main/policies/external/
- 06-OCFS-ADM-07 Legislación estatal de 2006 sobre adopción, cese de la patria potestad y renuncia
- 06-OCFS-INF-07 Ayuda de escritorio para el cumplimiento de la Ley de Bienestar del Niño Indígena
- 07-OCFS-ADM-01 Comprobación de antecedentes penales a nivel estatal y nacional (para padres de acogida/adoptivos)
- 07-OCFS-ADM-02 Formularios revisados de entrega judicial y extrajudicial y acuerdo de colocación voluntaria
- 07-OCFS-ADM-15 Ley Xctasys - Capítulo 513 de las Leyes de 2007
- 08-OCFS-ADM-06 Comprobación de antecedentes penales y delitos inhabilitantes obligatorios (padres adoptivos y de acogida)
- 08-OCFS-INF-01 Mandated Reporters, Capítulo 193 de las Leyes de 2007
- 08-OCFS-INF-03 Definición de Estado a efectos de los controles SCR fuera del Estado
- 08-OCFS-INF-06 Pacto Interestatal sobre Adopción y Asistencia Médica
- 08-OCFS-INF-11 Registro de información sobre adopciones - DOH
- 08-OCFS-INF-12 Modificaciones estatutarias de 2008 relativas a las entregas y a la provisión de un formulario de consentimiento de registro de padres biológicos del Registro de Información de Adopción y el impacto de la muerte de un futuro padre adoptivo antes de la finalización de la adopción
- 09-OCFS-ADM-12 Adopciones internacionales
- 09-OCFS-ADM-18 Tecnología de escaneo en vivo para la toma de huellas dactilares de los solicitantes de acogida y adopción
- 11-OCFS-INF-01 Adopción por parte de dos parejas íntimas adultas no casadas
- 11-OCFS-INF-05 Aclaración de los criterios de estudio de la adopción relacionados con la duración del matrimonio y la orientación sexual
- 13-OCFS-ADM-09 Requisitos de autorización de la lista de exclusión del personal del Centro de Justicia
- 14-OCFS-ADM-01 Terminación de la notificación de arrestos posteriores en hogares de acogida y adopción cerrados
- 14-OCFS-ADM-02 Procedimientos para el cierre de una agencia voluntaria.
- 15-OCFS-ADM-05 Ley de Colocación Multiétnica de 1994 modificada por la Disposición de Adopción Interétnica de 1996
- 15-OCFS-INF-01 Reubicación de niños