Oficina de Servicios de Permanencia

Saltar al contenido

Navegación e Información Accesible

Utilice los siguientes enlaces para navegar rÔpidamente por la pÔgina. El número para cada uno es la tecla de método abreviado.

Traducir

Usted estƔ en esta pƔgina: Oficina de Servicios de Permanencia

NiƱos de todas las edades esperan ser adoptados. La Oficina de Servicios de Permanencia da la bienvenida a adultos responsables y afectuosos que estƔn listos para compartir su tiempo, sus corazones y sus vidas con nuestros niƱos que esperan. Cuando adopte a un niƱo en espera, le darƔ a ese niƱo una familia permanente y otra oportunidad en la vida. Todos los niƱos merecen una familia amorosa, comprometida, segura y permanente.

Lo alentamos a que use nuestro sitio web para obtener mÔs información sobre el proceso de adopción en el estado de Nueva York. Confiamos en que la encontrarÔ una guía informativa y útil al tomar la decisión mÔs importante de criar a un niño. A continuación, encontrarÔ preguntas sobre los diferentes tipos de adopción en el estado de Nueva York. El enfoque principal de la OCFS es la adopción de niños de crianza temporal , pero existen otros procesos de adopción, como la adopción de un niño que no estÔ en crianza temporal o la adopción internacional.

La adopción es un proceso que crea una relación legal vinculante entre padre e hijo. Se recomienda encarecidamente que consulte con un abogado de adopción mientras navega por cualquier proceso legal formal, incluida la adopción.

Video: un niƱo estƔ esperando

Tenga en cuenta que la siguiente información es una guía general y no contiene asesoramiento legal formal.

¿CuÔles son los diferentes tipos de adopción?

En el estado de Nueva York, existen dos tipos de adopciones con diferentes procedimientos: colocación privada y adopciones de agencia .

Nota: Las leyes de adopción varían de un estado a otro. Esta guía se dirige a los neoyorquinos que buscan adoptar a un niño en Nueva York o la colocación de un niño en adopción por parte de un departamento local de servicios sociales (LDSS) (para niños en cuidado de crianza) o una agencia de adopción voluntaria autorizada aprobada por Nueva York ( VA ) (para un niño que puede o no estar en cuidado de crianza).

Las adopciones de colocación privada son cuando el niño no ha sido puesto en adopción por un LDSS o un VA (por lo tanto, el niño adoptado no estÔ en cuidado de crianza). Las colocaciones se organizan entre los padres biológicos y los padres adoptivos. Hay requisitos de certificación previa a la colocación para los padres adoptivos. Excepto por la participación del Pacto Interestatal sobre la Colocación de Niños, la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) no supervisa las adopciones privadas.

Las adopciones de agencia se refieren a las adopciones de niños colocados a través de un LDSS o un VA. La agencia investiga a través del proceso de estudio del hogar, aprueba a los padres adoptivos potenciales y toma la decisión de si la colocación de un niño o niños en particular en el hogar de los padres adoptivos aprobados es lo mejor para el niño. (ren). Los padres adoptivos pueden entonces proceder con la finalización de la adopción en la corte.

Consulte la ley de Relaciones Domésticas del Estado de Nueva York con respecto a las adopciones de una agencia autorizada y las adopciones de colocación privada .

¿CuÔles son mis derechos? ¿Qué debo esperar de un abogado?

Como se mencionó anteriormente, se recomienda encarecidamente que consulte con un abogado mientras navega por el proceso de adopción.

La publicación de la OCFS, Qué esperar de un abogado de adopción: una guía para futuros padres adoptivos en el estado de Nueva York , contiene información sobre cómo contratar a un abogado de adopción y sobre sus derechos, que incluyen el derecho:

¿CuÔl es el papel de mi abogado en una adopción?

La publicación del Unified Court System, The Lawyer's Guide to Adoption , contiene información detallada sobre el papel que tienen los abogados para ayudarlo a adoptar a un niño. Las pÔginas 19-22 son particularmente útiles.

El sistema judicial unificado proporciona formularios de adopción tanto para la colocación privada como para las adopciones de agencias y listas de verificación para la colocación privada y las adopciones de agencias para las familias que completan las peticiones de adopción.

¿Cómo elijo una agencia de adopción?

Elegir una agencia es un paso muy importante. Hable con diferentes agencias y padres adoptivos o grupos de apoyo para padres para saber cómo trabajan las agencias con los posibles padres adoptivos y para comparar sus opciones. Tenga en cuenta que es muy difícil cambiar de agencia una vez iniciado el proceso de adopción. Antes de firmar cualquier contrato con una agencia de adopción, se recomienda que pida a un abogado que revise el contrato.

¿Tendré que someterme a una verificación de antecedentes?

Se hace todo lo posible para colocar a los niños en entornos seguros. Cuando las familias solicitan la adopción, las agencias deben:

¿CuÔl es el proceso de estudio en el hogar?

Un estudio del hogar es una serie de reuniones, entrevistas y sesiones de capacitación en las que participan la agencia y la posible familia adoptiva. En la mayoría de las circunstancias, las reglamentaciones del estado de Nueva York requieren que las agencias completen un estudio del hogar dentro de los cuatro meses posteriores a la presentación de la solicitud de adopción por parte de la familia.

Lo siguiente estÔ destinado a ayudarlo a prepararse para el estudio en el hogar. Tenga en cuenta que un estudio del hogar para una adopción de colocación privada puede variar de estos requisitos.

Como parte del proceso de estudio de adopción de la agencia, LDSS o VA deben explorar las siguientes características de los solicitantes:

Los factores adicionales explorados dentro del proceso de estudio de adopción incluyen:

Ciertos factores no se pueden utilizar para denegar una solicitud de aprobación:

¿Cómo adopto a un niño de otro estado?

El Pacto Interestatal sobre la Colocación de Niños (ICPC) es un acuerdo entre los 50 estados, el Distrito de Columbia y las Islas Vírgenes de EE. UU. que establece procedimientos para la colocación de niños a través de las fronteras estatales. El estado de origen y el estado receptor del niño deben aprobar el movimiento del niño antes de que el niño pueda moverse legalmente. La OCFS administra el ICPC en el estado de Nueva York.

Obtenga mÔs información sobre el CIPC.

¿Cómo adopto a un niño de otro país?

El Distrito Local de Servicios Sociales no aloja a niños de otros países. En la lista de agencias autorizadas del sitio web de la OCFS se puede encontrar una lista de agencias de adopción autorizadas voluntarias aprobadas por el estado de Nueva York que manejan adopciones extranjeras.

Obtenga mÔs información sobre la adopción internacional del Departamento de Estado de EE. UU .