Se encuentra en esta página: Políticas de acogida
2022
- 22-OCFS-ADM-19
El Pacto Interestatal sobre Adopción y Asistencia Médica (ICAMA) -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de las actualizaciones y revisiones de las prácticas actuales en torno a la obtención de Medicaid (MA) para niños con necesidades especiales que están recibiendo el Título IV-E elegible (Asistencia de Adopción) o no elegible para el Título IV-E (Subsidio Estatal de Adopción) y que se mueven a través de las líneas estatales. Esto incluye a todos los niños elegibles del Título IV-E y a los niños que no son elegibles para el Título IV-E que se mudan dentro y fuera del Estado de Nueva York (NYS). Los principales cambios en la práctica del Pacto Interestatal de Adopción y Asistencia Médica (ICAMA) del NYS son los nuevos formularios de ICAMA, menos documentación requerida y la conversión a una presentación y recepción totalmente electrónica de solicitudes de ICAMA utilizando un buzón de correo electrónico compartido ocfs.sm.bpsicama@ocfs.ny.gov.
- 22-OCFS-ADM-11
Requisitos para el Uso de la Empresa Compacta Electrónica Interestatal Nacional (NEICE) 2.0 -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es establecer expectativas y procedimientos para los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y agencias voluntarias autorizadas (VA) en cumplimiento del requisito de la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) para la presentación electrónica de todas las solicitudes de colocación a través del Pacto Interestatal sobre la Colocación de Niños (ICPC), utilizando la Empresa Compacta Electrónica Interestatal Nacional (NEICE) versión 2.0.
- OCFS-4714 — Acuerdo de confidencialidad de confidencialidad de la Empresa Compacta Interestatal Electrónica Nacional (NEICE)
- 22-OCFS-ADM-10
Requisitos del sistema en línea del Programa de Asistencia de Tutela de parentesco (KingAP) -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a los organismos voluntarios autorizados (VA) del requisito de tramitar todos los casos del Programa de Asistencia a la Tutela de Kinship (KingAP), incluyendo solicitudes, convenios y modificaciones, electrónicamente a través del Sistema KingAP Online. Este ADM introduce este nuevo sistema y establece requisitos que los usuarios deben seguir para obtener acceso.
- 22-OCFS-ADM-07
Prestación de cuidados posteriores en programas residenciales de tratamiento cualificados y programas EMPOWER -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) sobre los requisitos de la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) del Estado de Nueva York relacionados con la prestación obligatoria de servicios de cuidado posterior a niños dados de alta de programas de tratamiento residencial calificados (QRTP) o programas de excepción EMPOWER QRTP (EMPOWER) autorizados por la OCFS bajo la Ley Federal de Servicios Preventivos Family First (FFPSA) y las regulaciones del Estado de Nueva York.
- 22-OCFS-ADM-06
Utilización de los pases de estrés en un programa EMPOWER -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) - en particular a aquellas que operan programas que atienden a niños y jóvenes que se encuentran o están en riesgo de convertirse en víctimas o sobrevivientes del tráfico sexual - de los requisitos relativos a los programas diseñados para satisfacer las necesidades de esta población.
- 22-OCFS-ADM-04
Capítulo 798 Leyes de 2021: Reingreso de jóvenes en hogares de guarda de 18 a 21 años de edad -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS), agencias voluntarias autorizadas (VA), programas y coordinadores de jóvenes fugados y sin hogar, y otras entidades de los requisitos del Capítulo 798 de las Leyes de 2021 (Capítulo 798). El capítulo 798 modifica varios artículos de la Ley del Tribunal de Familia (FCA) relacionados con los jóvenes de entre 18 y 21 años que reingresan en hogares de acogida.
- 22-OCFS-ADM-02
Aplicación del Programa de Entorno Supervisado (SSP) -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de los Programas de Entorno Supervisado (SSP) recientemente establecidos que permiten a los jóvenes en edad de transición vivir de forma independiente en una variedad de entornos supervisados.
- 22-OCFS-ADM-01
Revisaron los requisitos de estabilidad educativa y transporte para niños en hogares de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es dar a conocer el Kit de Herramientas de Estudiantes en Acogimiento Familiar revisado para Agencias de Educación Local y Departamentos Locales de Servicios Sociales, desarrollado por la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) y el Departamento de Educación del Estado de Nueva York (SED), que deben ser utilizados para cumplir con los requisitos de la ley federal y estatal relacionados con la inscripción escolar y el transporte de niños en hogares de guarda. El kit de herramientas está diseñado para crear un proceso estándar mediante el cual los departamentos locales de servicios sociales (LDSS), las agencias de voluntariado (VA) y las agencias locales de educación (LEA) deben coordinar esfuerzos para promover la estabilidad educativa de los estudiantes en hogares de crianza.
- 22-OCFS-ADM-01 Apéndice A — Título IV-E FFY 2022 - Cada alumno tiene éxito Preguntas frecuentes
- 22-OCFS-INF-09
Fichas informativas de CANS-NY y CALOCUS-CASII -
El propósito de esta Carta Informativa (INF) es proporcionar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) información adicional sobre las herramientas de evaluación de Necesidades y Fortalezas del Niño y el Adolescente (CANS)-NY y el Instrumento de Intensidad del Nivel de Atención/Servicios del Niño y el Adolescente (CALOCUS-CASII).
- 22-OCFS-INF-07
Nuevos Programas de Entorno Supervisado (SSP) Índices Máximos de Ayuda Estatal (MSAR) e introducción correspondiente de información en CONNECTIONS -
El objeto de la presente carta informativa (INF) es anunciar la publicación de los porcentajes máximos de ayuda estatal (MSAR) para los programas de entorno supervisado (SSP). Esta INF también aclara a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) cómo introducir y mantener la certificación o aprobación en CONNECTIONS necesaria para rellenar el código de tarifa correcto para el entorno supervisado.
- 22-OCFS-LCM-21
Año Fiscal Estatal (SFY) 2022-23 Asignaciones de Subsidio en Bloque para Cuidados de Apropiación -
El propósito de este Memorándum de Comisionados Locales (LCM) es proporcionar a las dependencias locales de servicios sociales (LDSS) sus asignaciones de subvenciones en bloque de acogimiento para el ejercicio fiscal estatal (SFY) 2022-23.
- 22-OCFS-LCM-15
Año fiscal federal 2022 Programa John H. Chafee de acogimiento familiar para la transición satisfactoria a la edad adulta: asignaciones para la vida independiente -
El objetivo del Programa John H. Chafee de Acogimiento Familiar para la Transición Exitosa a la Vida Adulta (CFCP, por sus siglas en inglés) es ayudar a los jóvenes y ex jóvenes en acogimiento familiar a lograr la autosuficiencia. Este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) informa a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) de las asignaciones CFCP de los fondos del Año Fiscal Federal (FFY) 2022. Las asignaciones contenidas en el Anexo A de esta LCM pueden utilizarse para gastos de servicios de vida independiente (IL) realizados desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022 y reclamados antes del 31 de marzo de 2023. Dichas solicitudes se pagarán hasta el importe de la asignación y están sujetas a un requisito de aportación estatal/local del 20%. Los importes de asignación no reclamados pueden redistribuirse a otros LDSS que tengan reclamaciones superiores a la asignación o utilizarse para apoyar las actividades de la Oficina de Servicios para la Infancia y la Familia (OCFS) del Estado de Nueva York relacionadas con la aplicación de la Ley Chafee Foster Care Independence Act, lo que permite al Estado de Nueva York maximizar su uso de los fondos disponibles en virtud de este flujo de financiación federal.
- 22-OCFS-LCM-15 Adjunto A — Asignaciones distritales
- 22-OCFS-LCM-15 Adjunto B — Definiciones de Servicios de Vida Independiente
- 22-OCFS-LCM-15 Adjunto C — Tabla de Códigos de Compra de Servicio
- 22-OCFS-LCM-15 Adjunto D — Elegibilidad para el programa de cuidado de crianza John H. Chafee para una transición exitosa a la edad adulta
- 22-OCFS-LCM-15 Adjunto E — Adjunto para Subvenciones del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos
- 22-OCFS-LCM-13
Apoyar a los jóvenes de acogida a través de la Ley Pandémica -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales es aclarar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS, por sus siglas en inglés) el uso de los fondos federales de Chafee en 2020 para apoyar a los jóvenes elegibles que salieron del cuidado de crianza durante el período de tiempo que se indica a continuación. La pandemia de COVID-19 contribuyó a la inestabilidad potencial de los jóvenes adultos que superaron la edad de acogida en el estado de Nueva York. Para abordar los desafíos exacerbados por la pandemia, la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) del estado de Nueva York asignó $1.511.287 de los fondos para la pandemia de Chafee a los LDSS específicamente para los jóvenes que dejaron de estar bajo cuidado desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021, sin un plan de transición seguro y estable.
2021
- 21-OCFS-ADM-32
Long-Stayer Comentarios -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a las dependencias locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) del proceso requerido para cualquier joven colocado en un Programa de Tratamiento Residencial Calificado (QRTP) donde el LDSS considere que los jóvenes pueden requerir tratamiento al nivel de atención QRTP más allá de los plazos legales establecidos en la Ley federal de Servicios de Prevención Familiar Primero (FFPSA).
- OCFS-5356 — Formulario de Revisión del Programa de Tratamiento Residencial Calificado (QRTP)
- 21-OCFS-ADM-31
Proceso de derivación para la colocación en un programa prenatal, posparto o de crianza de los hijos -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias autorizadas voluntarias (VA) el proceso para determinar si se puede hacer una remisión para que un joven sea colocado en un programa prenatal, posparto y de crianza (PPP) y detallar la documentación que debe acompañar a la remisión.
- 21-OCFS-ADM-29
Tasas máximas de ayuda estatal para programas de acogimiento familiar y programas residenciales para el Comité Estatal de Colocaciones en Educación Especial — Vigente desde el 1 de julio de 2021 hasta el 31 de marzo de 2022 -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es emitir las Tasas Máximas de Ayuda Estatal (MSAR) para los Programas de Cuidado de Crianza y las Tasas de Mantenimiento del Comité Estatal de Educación Especial (CSE) para las Escuelas Residenciales Aprobadas por el Departamento de Educación del Estado (SED), vigentes desde el 1 de julio de 2021 hasta el 31 de marzo de 2022.
- 21-OCFS-ADM-29 Adjunto A — MSAR para pagos en hogares de acogida y subsidios de adopción 2021-22 Año tarifario (1 de julio de 2021 — 31 de marzo de 2022)
- 21-OCFS-ADM-29 Adjunto B — MSAR para Programas Supervisados de Vida Independiente (SILPs) 2021-22 Calificar Año (1 de julio de 2021 — 31 de marzo de 2022)
- 21-OCFS-ADM-29 Adjunto C — Factores de crecimiento aplicados a las Agencias VoluntariasTasas de Mantenimiento de Mares y CSE Tasa 2021-22 Año (1 de julio de 2021 — 31 de marzo de 2022)
- 21-OCFS-ADM-29 Adjunto D — MSAR para Agencias Voluntarias de Acogimiento Familiar 2021-22 Calificar Año (1 de julio de 2021 — 31 de marzo de 2022)
- 21-OCFS-ADM-29 Adjunto E — Tarifas de mantenimiento de CSE en el estado para programas residenciales aprobados por la SED Licenciados por OCFS 2021-22 Año de tarifas (1 de julio de 2021 - 31 de marzo de 2022)
- 21-OCFS-ADM-29 Adjunto F — Tasas de mantenimiento de CSE en el estado para programas residenciales aprobados por la SED con licencia de otras agencias del estado de Nueva York 2021-22 Año tarifario (1 de julio de 2021 - 31 de marzo de 2022)
- 21-OCFS-ADM-27
Proceso de derivación para la colocación en un programa EMPOWER -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM, por sus siglas en inglés) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS, por sus siglas en inglés) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA, por sus siglas en inglés) sobre los nuevos requisitos relacionados con los programas diseñados para satisfacer las necesidades de los niños y jóvenes en hogares de acogida que se encuentran en riesgo de convertirse en víctimas o sobrevivientes del tráfico sexual. Estos nuevos requisitos se basan en la ley federal Family First Prevention Services Act (FFPSA), que se promulgó el 9 de febrero de 2018 y entró en vigor en el estado de Nueva York (NYS) el 29 de septiembre de 2021.
- OCFS-5575 — Evaluación de la idoneidad de la colocación en un entorno prenatal, posparto o padre/empoderamiento (Adjunto 1)
- 21-OCFS-ADM-27 Adjunto 2 - Paquete común de referencia y admisión para programas EMPOWERE
- 21-OCFS-ADM-23
Informe individual calificado, flujo de casos comerciales para referencias QRTP y evaluación de QI, y derivación del Departamento local de servicios sociales para evaluación individual calificada -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a los organismos voluntarios autorizados (VA) la publicación del Informe Individual Calificado (OCFS-5571), el Flujo de Casos de Negocio para Referencias QRTP y Evaluación QI, la Evaluación y Hoja de Resumen de Necesidades y Fortalezas-NY (CANS-NY) del Departamento Local de Servicios Sociales de OCC para Evaluación Individual Calificada (FS-5570).
- OCFS-5571 — Informe Individual Calificado (Adjunto A)
- 21-OCFS-ADM-23 Adjunto B - Flujo de casos de negocios para referencias QRTP y evaluación de QI
- 21-OCFS-ADM-23 Adjunto C — Hoja de evaluación y resumen de CANS-NY
- OCFS-5570 — Derivación del Departamento Local de Servicios Sociales para una Evaluación Individual Calificada (Adjunto D)
- OCFS-5572 — Informe Resumen de Evaluación Individual Calificada (Adjunto E)
- 21-OCFS-ADM-23 Adjunto F — Opciones de Financiamiento para el Individuo Calificado (QI)
- 21-OCFS-ADM-22
Reembolso por hasta 14 días de Ausencia Sin Consentimiento (AWOC) en Programas de Excepción del Programa de Tratamiento Residencial Calificado EMPURE (QRTP) -
La presente Directiva Administrativa (ADM) tiene por objeto asesorar a las dependencias locales de servicios sociales (LDSS) y a los organismos voluntarios autorizados (VA) —en particular a aquellos que operan programas que atienden a niños y jóvenes que se encuentran o están en riesgo de convertirse en víctimas o sobrevivientes de trata sexual— de la posibilidad de que los programas EMPURE sean reembolsados por hasta 14 días consecutivos para jóvenes que huyen o estén ausentes sin consentimiento (AWOC).
- 21-OCFS-ADM-20
Modelo de contrato revisado para la adquisición de servicios de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de las revisiones más recientes realizadas al contrato modelo de la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) para la compra de servicios de acogida. El modelo de contrato revisado para la compra de servicios de acogimiento que se describe en esta ADM sustituye al contrato modelo emitido en 15-OCFS-ADM-14 y cancela dicho ADM.
- 21-OCFS-ADM-20 Adjunto A — Modelo de Contrato FFPSA
- 21-OCFS-ADM-19
Requisitos para operar un Programa de Excepción del Programa de Tratamiento Residencial Calificado EMOWER (QRTP) -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a las dependencias locales de servicios sociales (LDSS) y a los organismos voluntarios autorizados (VA)" particularmente a aquellos que operan programas que atienden a niños y jóvenes que se encuentran o están en riesgo de convertirse en víctimas de trata sexual o sobrevivientes" de nuevos requisitos pertenecientes a programas diseñados para satisfacer las necesidades de esta población. Estos nuevos requisitos se basan en la Ley federal de Servicios de Prevención Familiar Primero (FFPSA), que se promulgó el 9 de febrero de 2018, y entra en vigencia en el Estado de Nueva York (NYS) el 29 de septiembre de 2021. Este ADM fue revisado el 28 de octubre de 2021, para permitir las restricciones físicas cuando sea necesario para prevenir lesiones corporales graves, y nuevamente el 10 de febrero de 2022, para aclarar los requisitos de ratio de personal.
- Estándares del programa Empower
- Paquete común de referencia e admisión para programas Empower
- OCFS-5376 — Lista de comprobación de aplicaciones del programa Empower
- OCFS-5575 — Evaluación de la idoneidad de la colocación (AOP) en un entorno PPP-EMPOWER
- 21-OCFS-ADM-18
Programas prenatales, posparto y para padres: Excepción de programas de tratamiento residencial calificados en el estado de Nueva York -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es detallar y describir a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y agencias voluntarias autorizadas (VA) el enfoque del Estado de Nueva York (NYS) para certificar programas de atención congregada como Programas de Tratamiento Residencial Calificado (QRTP) de Excepciones prenatales, posparto y de crianza (PPP). Esboza el marco de un programa de CPP y detalla los requisitos y el proceso para solicitar la certificación de un programa de CPP.
- 21-OCFS-ADM-17
Función y responsabilidad de la persona calificada en el estado de Nueva York -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es detallar y describir el papel y la responsabilidad del individuo calificado (QI) en el estado de Nueva York (NYS), proporcionar un formato para que un Departamento Local de Servicios Sociales (LDSS) dé fe de las calificaciones de QI si es necesario (Anexo A) y distribuir una plantilla de contrato modelo QI (Adjunto B) para la compra de servicios QI.
- 21-OCFS-ADM-17 Adjunto A — Certificado LDSS — Individuo Calificado Cumple con Criterios Establecidos
- 21-OCFS-ADM-17 Adjunto B — Modelo de Contrato Individual Calificado
- 21-OCFS-ADM-16
Ampliación de las Tasas Máximas de Ayuda Estatal para Programas de Acogimiento Familiar y Programas Residenciales para el Comité de Colocaciones de Educación Especial para la Tasa Año 2019-20 — Vigente desde el 1 de abril de 2020 hasta el 30 de junio de 2020 -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es extender las tasas máximas de ayuda estatal (MSAR) para programas de cuidado de crianza temporal y las tasas de mantenimiento dentro del estado del Comité de Educación Especial (CSE) para los programas residenciales aprobados por el Departamento de Educación del Estado de Nueva York (SED) por tiempo limitado, para el año tarifario 2019-20. Los MSAR vigentes a partir del 1 de julio de 2019, hasta el 31 de marzo de 2020, emitidos en 19-OCFS-ADM-20 y con fecha 6 de noviembre de 2019, continuarán vigentes el 1 de abril de 2020, hasta el 30 de junio de 2020.
- 21-OCFS-ADM-15
Entrenamiento de campeones de parentesco -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias (VA) del requisito de identificar a un Campeón de parentesco para asistir a la capacitación de Campeón de parentesco de la Oficina del Estado de Nueva York de Servicios para Niños y Familias (OCFS).
- 21-OCFS-ADM-10
Anclaje de Muebles -
La presente Directiva Administrativa (ADM) tiene por objeto informar a las dependencias locales de servicios sociales (LDSS) y a los organismos voluntarios autorizados (VA) de las disposiciones del Capítulo 162 de las Leyes de 2019 (Capítulo 162) que requieren el anclaje seguro de muebles grandes y dispositivos electrónicos en guarderías infantiles y ciertos programas residenciales operados por VA.
- 21-OCFS-ADM-07
Apoyando a jóvenes y familias de acogida a través de la Ley Pandemia -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a las dependencias locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) los requisitos en Apoyo a Jóvenes y Familias de Acogimiento a través de la Ley Pandemia, División X de la Ley de Apropiaciones Consolidadas, 2021, Derecho Público (P.L.) 116-260, incluyendo una moratoria sobre el envejecimiento juvenil fuera del acogimiento, reingreso a hogares de acogida para jóvenes que anteriormente no habían envejecido durante el COVID-19 periodo de emergencia sanitaria, y financiamiento adicional para los Vales Chafee y Capacitación Educativa. El ADM también introduce el proceso que deben seguir los LDSS y VA para obtener el reembolso del título IV-E por los costos de manutención para jóvenes que permanecen en hogares de crianza después de los 21 años o jóvenes que vuelven a ingresar al cuidado de crianza a los 21 años de edad o más.
- 21-OCFS-ADM-07 Adjunto A — TÍTULO IV-E Edad 21 en adelante Libro de trabajo de detalles de pago
- 21-OCFS-ADM-07 Adjunto B — OCFS-5350 Aviso por escrito para jóvenes que envejecen fuera del cuidado de crianza a los 21 años (Modelo)
- 21-OCFS-ADM-07 Adjunto C — Folleto de reingreso en hogares de acogida
- 21-OCFS-ADM-06
Tasas máximas de ayuda estatal para programas de cuidado de crianza temporal y programas residenciales para el Comité Estatal de Colocaciones en Educación Especial — Vigente desde el 1 de julio de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021 -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es emitir Tasas Máximas de Ayuda Estatal (MSAR) para Programas de Acogimiento Familiar y Tasas de Mantenimiento del Comité Inestatal de Educación Especial (CSE) para Escuelas Residenciales Aprobadas por el Departamento de Educación del Estado (SED), vigente desde el 1 de julio de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021. Tenga en cuenta que todas las tasas de mantenimiento de MSAR y CSE publicadas permanecen vigentes para el pago y reembolso hasta que la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) las modifique o elimine. Se publicará un ADM posterior para especificar revisiones de tarifas para el saldo del Año de Tasa (RY) 2020-21, 1 de abril de 2021, hasta el 30 de junio de 2021. En ese momento, se asesorará a las dependencias locales de servicios sociales (LDSS) y a los organismos voluntarios respecto a los cambios de tarifas y requisitos de pago para ese periodo.
- 21-OCFS-ADM-06 Adjunto A — Tasas máximas de ayuda estatal para pagos a hogares de acogida y subsidios a la adopción 2020-21 Tasa Año
- 21-OCFS-ADM-06 Adjunto B — MSAR para Programas Supervisados de Vida Independiente (SILPs) 2020-21 Calificar Año (1 de julio de 2020 — 31 de marzo de 2021)
- 21-OCFS-ADM-06 Adjunto C — Factores de crecimiento aplicados a la Agencia de acogimiento voluntario MsAR y CSE Tasas de mantenimiento 2020-21 Tasa Año (1 de julio de 2020 — 31 de marzo de 2021)
- 21-OCFS-ADM-06 Adjunto D — Oficina del Estado de Nueva York de Servicios para Niños y Familias Normas de Pago para el Cuidado de Acogimiento Familiar de Niños MSAR para Agencias Voluntarias Julio 1, 2020 - Marzo 31, 2021
- 21-OCFS-ADM-06 Adjunto E — Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York Normas de pago para el cuidado de crianza de niños Tasas de mantenimiento de CSE en el estado para programas residenciales aprobados por la SED Licenciado por OCFS 1 de julio de 2020 - 31 de marzo de 2021
- 21-OCFS-ADM-06 Adjunto F — Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York Normas de pago para el cuidado de crianza temporal de niños Tasas de mantenimiento CSE en el estado para programas residenciales aprobados por la SED Licenciado por otras agencias del estado de Nueva York Julio 1, 2020 - 31 de marzo de 2021
- 21-OCFS-ADM-05
Cambios normativos y estándares de atención para jóvenes en entornos de atención colectiva -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es brindar orientación sobre los cambios regulatorios recientes en conjunto con la creación de estándares de atención basados en políticas que continuarán promoviendo y manteniendo la salud, seguridad y bienestar de todos los jóvenes colocados en todos los entornos de atención congregada que estén autorizados por la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS), incluyendo aquellos operados por agencias de hogares de acogida voluntaria y departamentos locales de servicios sociales (LDSS). Para acompañar los cambios regulatorios aquí descritos, específicamente el desarrollo de políticas mandatarias, OCFS está proporcionando políticas de muestra que convienen con la normatividad. Este ADM también es para informar a los programas de atención congregada de los futuros requisitos de reporte de incidentes.
- 21-OCFS-ADM-05 Adjunto A — Política de muestra: Manejo de la Conducta y Uso de Intervenciones Físicas
- 21-OCFS-ADM-05 Adjunto B — Política de Muestra: Mejora Continua de la Calidad
- 21-OCFS-ADM-05 Adjunto C — Política de muestra: Servicios de salud conductual
- 21-OCFS-ADM-05 Adjunto D — Política de muestra: Propiedad Juvenil
- 21-OCFS-ADM-05 Adjunto E — Política de muestra: lesbianas, gays, bisexuales, transgénero y cuestionando a los jóvenes/clientes
- 21-OCFS-ADM-04
Programas de tratamiento residencial calificado (QRTP) y excepciones de QRTP en el estado de Nueva York -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es detallar y describir el enfoque del Estado de Nueva York (NYS) para certificar los programas de atención colectiva como Programas de Tratamiento Residencial Calificado (QRTP) para permitir que los niños que residen en los programas sigan siendo elegibles bajo el Título IV- E de la Ley del Seguro Social (Título IV-E). Los Departamentos Locales de Servicios Sociales (LDSS, por sus siglas en inglés) no podrán reclamar el reembolso continuo (más de 14 días) del Título IV-E a partir del 29 de septiembre de 2021, para niños y jóvenes en cuidado de crianza colocados en entornos de cuidado colectivo en o después de esta fecha. fecha, a menos que dicha configuración sea un QRTP o una excepción de QRTP. Este ADM también proporciona información preliminar y expectativas con respecto a los programas que calificarán como Excepciones QRTP en el estado de Nueva York.
- OCFS-4992 — Formulario de certificación del Programa de Tratamiento Residencial Calificado (QRTP)
- 21-OCFS-ADM-02
Implementación del Reglamento Federal y Correspondiente de la Ley de Bienestar Infantil Indio del Estado de Nueva York (ICWA) (reemplaza 17-OCFS-ADM-08) -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de los requisitos en las regulaciones federales y estatales correspondientes a la Ley Federal de Bienestar Infantil de la India (ICWA). Este ADM reemplaza a 17-OCFS-ADM-08, para incluir OCFS-5500, ICWA Case Process Checklist, una nueva herramienta para LDSS para documentar procesos de casos para niños conocidos por ser indios/nativos americanos.
- 21-OCFS-INF-08
Entornos supervisados como opciones de colocación ampliadas para jóvenes mayores en régimen de acogida -
El propósito de esta Carta Informativa (INF) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de las expectativas para los próximos Programas de Configuración Supervisada (SSP) que permitirán a jóvenes mayores en hogares de crianza vivir de manera independiente. Dichos entornos son Excepciones del Programa de Tratamiento Residencial Calificado (QRTP) (también denominadas entornos especificados) bajo la Ley federal de Servicios de Prevención Familiar Primero (FFPSA); por lo tanto, los jóvenes elegibles en hogares de crianza de 18 a 21 años que residan en dichos entornos pueden permanecer en esos entornos y ser elegibles para el reembolso bajo el Título IV-E de la Ley del Seguro Social (Título IV-E) a partir del 29 de septiembre de 2021. Este INF es el primer documento orientativo de la Oficina de Servicios a la Infancia y la Familia (OCFS) que se dará a conocer con respecto a las SSP. OCFS publicará una Directiva Administrativa (ADM) que proporcionará orientación adicional y las acciones requeridas para que las LDSS y los VA tomen para solicitar y operar SSP, y para aprobar o certificar entornos supervisados.
- 21-OCFS-INF-06
Introducción del Modelo de Práctica Comunitaria LGBTQ -
El propósito de esta carta informativa (INF) es presentar a la comunidad supervisada y regulada por la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) el Modelo de Práctica Comunitaria LGBTQ+. El Modelo de Práctica Comunitaria LGBTQ+ fue diseñado por la OCFS para establecer un enfoque coherente y de afirmación a la hora de involucrar a los miembros de la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales, queer (LGBQ) y/o transexuales, no conformes con el género, no binarios (TGNC) (LGBTQ+) a través de la programación, la política y la práctica de la OCFS en el estado de Nueva York. Además, se ha elaborado un documento de términos, conceptos y definiciones SOGIE para acompañar al modelo de práctica.
- 21-OCFS-INF-06 Adjunto A — Modelo de práctica comunitaria LGBTQ+
- 21-OCFS-INF-06 Adjunto B — Términos, Conceptos y Definiciones de SOGIE Términos, Conceptos y Definiciones
- 21-OCFS-LCM-32
Año fiscal federal 2020 revisado Programa John H. Chafee de acogimiento familiar para la transición satisfactoria a la edad adulta: asignaciones para la vida independiente -
El objetivo del Programa John H. Chafee de Acogida Familiar para la Transición Exitosa a la Vida Adulta (CFCP) es ayudar a los jóvenes de acogida actuales y antiguos a alcanzar la autosuficiencia. Este Memorándum de los Comisionados Locales (LCM) informa a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) de las asignaciones del CFCP de los fondos del Año Fiscal Federal (FFY) 2020 y proporciona la cantidad de Chafee del FFY 20 que se utilizó para apoyar a los jóvenes mayores de 21 años (envejecimiento).
- 21-OCFS-LCM-32 Adjunto A — Asignaciones revisadas
- 21-OCFS-LCM-32 Adjunto B — Definiciones de servicios de vida independiente
- 21-OCFS-LCM-32 Adjunto C — Tabla de Códigos de Compra de Servicio
- 21-OCFS-LCM-32 Adjunto D — Elegibilidad para el programa de cuidado de crianza John H. Chafee para una transición exitosa a los servicios de la edad adulta
- 21-OCFS-LCM-22
Año Fiscal Estatal (SFY) 2021-22 Asignaciones de Subsidio en Bloque de Cuidado de Foster -
El propósito de este Memorándum de Comisionados Locales (LCM) es proporcionar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sus asignaciones de subvenciones en bloque de acogimiento para el ejercicio fiscal estatal (SFY) 2021-22. Las diferencias notables con respecto al año anterior Foster Care Block Grant LCM incluyen una revisión de la metodología de asignación.
- 21-OCFS-LCM-11
Reembolso de matrícula para niños con discapacidad educativa y colocados en instituciones -
La Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) requiere su revisión de los datos de colocación de estudiantes para los años escolares 2018-19, 2019-20 y 2020-21 para niños que tienen discapacidades educativas y fueron reportados a OCFS por departamentos locales de servicios sociales (LDSS) de conformidad con la sección 4006 de la Ley de Educación (EL). El Departamento de Educación del Estado de Nueva York (NYSED) registra los datos de colocación de estudiantes en su Sistema de Seguimiento y Cuenta de Niños (STAC). El ciclo escolar 2020-21 cierra el 25 de junio de 2021. Los datos de colocación vencen antes del 30 de septiembre de 2021. El reembolso de un LDSS puede ser perdido si la presentación del LDSS es tardía. Se adjuntan instrucciones de presentación a este Memorándum de Comisionados Locales (LCM). No hay diferencias notables con respecto a la LCM anterior, Reembolso de Matrícula para Niños con Discapacidad Educativa y Colocados en Instituciones (20-OCFS-LCM-08).
- 21-OCFS-LCM-07
Año Fiscal Federal 2021 Programa de cuidado de crianza John H. Chafee para una transición exitosa a la edad adulta: asignaciones de vida independiente -
El objetivo del Programa John H. Chafee de Cuidados de Crianza para la Transición Exitosa a la Vida Adulta (CFCP) es ayudar a los jóvenes actuales y a los que ya han sido acogidos a lograr la autosuficiencia. Este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) informa a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) de las asignaciones del CFCP de los fondos del Año Fiscal Federal (FFY) 2021.
- 21-OCFS-LCM-07 Adjunto A — Asignaciones distritales
- 21-OCFS-LCM-07 Adjunto B — Definiciones de Servicios de Vida Independiente
- 21-OCFS-LCM-07 Adjunto C — Tabla de Códigos de Compra de Servicio
- 21-OCFS-LCM-07 Adjunto D — Elegibilidad para el programa de cuidado de crianza John H. Chafee para una transición exitosa a los servicios de la edad adulta
- 21-OCFS-LCM-07 Adjunto E — Adjunto para Subvenciones del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos
- 21-OCFS-LCM-05
Uso de la subvención en bloque de cuidado de crianza para financiar el programa Foster Futures New York -
El propósito de este Memorándum de Comisionados Locales (LCM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) de la autoridad para que utilicen sus asignaciones de Foster Care Block Grant (FCBG) para comprar el programa Foster Futures New York (FFNY).
2020
- 20-OCFS-ADM-23
Flexibilidad de la Ley Stafford -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM, por sus siglas en inglés) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS, por sus siglas en inglés) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA, por sus siglas en inglés) de la flexibilidad para renunciar a ciertos requisitos del título IV-E debido a la pandemia del COVID-19, según lo autorizado por la Ley Robert T. Stafford de Ayuda en Casos de Desastre y Asistencia de Emergencia (Ley Stafford). La ADM también introduce el proceso que deben seguir los LDSS y las VA para solicitar dicha flexibilidad.
- 20-OCFS-ADM-23 Adjunto A — Atestación de elegibilidad del Título IV-E debido a la Ley de Stafford y a la pandemia de Covid-19
- 20-OCFS-ADM-22
Cambios en la Reforma de Personas Necesitadas de Supervisión -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es proporcionar un esquema y descripción actualizados de los cambios realizados al artículo 7 de la Ley del Tribunal de Familia (FCA) para promulgar la reforma de Personas Necesitadas de Supervisión (PINS) con vigencia a partir del 1 de enero de 2020. Tenga en cuenta que las disposiciones relacionadas con alegaciones de abasiego de jóvenes, de conformidad con el Capítulo 362 de las Leyes de 2018, entraron en vigor a partir del 7 de marzo de 2019. De conformidad con la legislación promulgada en 2017, a partir del 1 de enero de 2020 se eliminaron todos los fondos estatales de reembolso para colocaciones de PINS. Por lo tanto, esta orientación es necesaria para delinear los impactos de la legislación de reforma de Personas Necesitadas de Supervisión (PINS) 2019, que limita los entornos que los jóvenes demandados del PINS pueden ser colocados, elimina el uso de la detención para jóvenes del PINS y establece límites de tiempo firmes en cuanto a los periodos de colocación y la presentación de extensiones de colocación. Este ADM reemplaza a 19-OCFS-ADM-22—Personas Necesitadas de Cambios en la Reforma de Supervisión, el cual fue emitido anteriormente.
- 20-OCFS-LCM-22 Adjunto A — Instrucciones del Sistema para Jóvenes Ordenados a Colocación Predisposicional en un Entorno de Cuidado de Familia y Colocación Post-Disposición Conforme al Artículo 7
- 20-OCFS-ADM-21
Nuevos tipos de adquisición de servicios (TPV) para autorizar pagos especiales -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) los nuevos tipos de Compras de Servicios (POS) del Sistema de Gestión del Bienestar (WMS) que deben utilizarse para autorizar gastos de pagos especiales para niños en acogida que residen en hogares de acogida con internado (FBH). Esta ADM también ofrece orientaciones sobre la autorización de los nuevos tipos de TPV.
- 20-OCFS-ADM-20
Eliminación del requisito de prueba de tuberculosis (TB) para futuros padres adoptivos, hogares de acogida y solicitantes de personal de cuidado infantil -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) los cambios a la normativa de la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) en relación con las pruebas de tuberculosis (TB). Los cambios a la normatividad han eliminado el requisito de que los aspirantes a padres adoptivos o adoptivos potenciales y las personas que buscan empleo en entornos específicos de atención congregada con licencia de OCFS sean evaluados para detectar TB como condición de certificación/aprobación o empleo. Estos cambios regulatorios también requieren que el profesional médico que complete las evaluaciones médicas de estos individuos incluya una declaración con respecto a cualquier condición de salud mental que un solicitante pueda tener y si la presencia de alguna condición física o mental de este tipo representa un riesgo para la salud y seguridad de los niños en hogares de crianza.
- 20-OCFS-ADM-18
Práctica de cortafuegos Kin-First -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias (VA) del requisito de establecer una práctica de cortafuegos de parentesco para aumentar las colocaciones de parentesco seguras y adecuadas para los niños. La práctica de cortafuegos kin-first debe abordar tanto casos de remoción inicial como de niños que son trasladados mientras están en cuidado. Los cortafuegos Kin-first están destinados a hacer de las colocaciones de parentesco la colocación presuntiva para niños, expandiendo así la atención basada en la familia y ayudando a los LDSS y VA a prepararse para la implementación de la Ley de Servicios de Prevención Familiar Primero (FFPSA).
- 20-OCFS-ADM-08
Aprobación de hogares de acogida de emergencia y autoridad de exención ampliada -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es liberar los formularios estandarizados que deben ser utilizados para completar los estudios domiciliarios expeditos para aprobar los internados de acogida de emergencia (FBH). También recuerda a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y agencias voluntarias autorizadas (VA) de la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) regulaciones que permiten LDSS/VA aprobar a familiares como FBH de emergencia para brindar atención a un niño (s) específico (s) que necesita colocación inmediata en un FBH. Por último, esta ADM informa a los LDSS y VA sobre las modificaciones a las regulaciones de OCFS que amplían la definición de" relativo” con el propósito de la aprobación de un FBH y amplía la autoridad regulatoria no de seguridad, exoneración no estatutaria para incluir a las personas que cumplan con los requisitos para convertirse en una FBH aprobada.
- OCFS-5300A — Aplicación para hogares de acogida de emergencia
- OCFS-5300B - Declaración de padres adoptivos de emergencia prospectiva
- OCFS-5300C — Evaluación expedita del estudio en el hogar
- OCFS-5300D — Lista de verificación de estudio en el hogar expedito para trabajadores de casos
- 20-OCFS-ADM-05
Requisito de poner información a disposición de los cuidadores no padres en relación con los servicios disponibles y los programas de asistencia -
Según lo dirigido por 12-ADM-01, los distritos de servicios sociales (distritos) están obligados por la Ley de Servicios Sociales (SSL) §392 a poner información a disposición de los cuidadores familiares que atienden a niños fuera del sistema de acogimiento sobre programas de asistencia financiera y servicios, así como información sobre cómo solicitarlos. El Capítulo 399 de las Leyes de 2019 (Capítulo 399) modificó la norma SSL §392 para ampliar este requisito a los cuidadores no familiares y otras personas prospectivas adecuadas, incluir información adicional que se debe proporcionar, y exigir que toda la información se proporcione por escrito y esté disponible a través de los sitios web de los distritos.
- 20-OCFS-ADM-04
Ropa de Repuesto para Niños en hogares de acogida -
La presente Directiva Administrativa (ADM) tiene por objeto asesorar a las dependencias locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de los cambios en el Sistema de Gestión del Bienestar (WMS) respecto de la autorización y pago de ropa de reemplazo para niños en hogares de acogida que residen en hogares de acogida (FBH). Este ADM no cambia el proceso de autorización de WMS para la ropa inicial para niños en hogares de crianza temporal que residen en FBH o entornos de instalaciones de cuidado infantil.
- 20-OCFS-INF-11
Documentación contemporánea de contactos de trabajo de caso con niños en hogares de acogida -
El propósito de esta carta informativa (INF) es recordar a las dependencias locales de servicios sociales (LDSS) y a los organismos voluntarios autorizados (VA) la importancia de apegarse a los requisitos normativos de realizar contactos presenciales de casos con niños en hogares de acogida y recibir servicios preventivos documentando de manera contemporánea estos contactos de casos en el expediente del caso CONNECTS (CONNX) del niño.
- 20-OCFS-INF-10
Child Welfare League of America y Lambda Legal Toolkit: Getting Down to Basics: Herramientas de apoyo a los jóvenes LGBTQ tutelados -
El propósito de esta Carta Informativa (INF) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSSs), agencias autorizadas voluntarias (VAs), proveedores de detención, y oficinas de la juventud de la disponibilidad de recursos para mejorar la práctica y los resultados para lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, queer, cuestionamiento (LGBTQ), transgénero y género no conforme (TGNC) jóvenes y adultos jóvenes. Entre estos recursos se incluyen las orientaciones anteriores de la Oficina de Servicios para la Infancia y la Familia (OCFS) del Estado de Nueva York y el conjunto de herramientas Getting Down to Basics: Tools to Support LGBTQ Youth in Care, elaborado en colaboración con la Child Welfare League of America (CWLA) y Lambda Legal.
- 20-OCFS-INF-05
Solicitud del Bono de Educación y Formación y Requisitos de Admisibilidad -
El objetivo de esta carta informativa (INF) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias de voluntariado (VA) de los requisitos de solicitud y elegibilidad que deben cumplir los jóvenes para participar en el programa de vales de educación y formación del Estado de Nueva York (ETV).
- 20-OCFS-INF-04
Defensoría del Pueblo Compromiso con jóvenes delincuentes juveniles adjudicados en organismos voluntarios -
El propósito de esta Carta Informativa (INF) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) del derecho de un joven colocado en VA como delincuente juvenil (JD), independientemente de cuya custodia se encuentre el joven, a acceder a los servicios de la Oficina del Defensor del Pueblo (OOTO) de la Oficina del Estado de Nueva York de Servicios para la Infancia y la Familia (OCFS) y los protocolos para dicho acceso. Este INF no cambia ni modifica de otra manera la autoridad de la OCFS de Bienestar Infantil y Servicios Comunitarios (CWCS) para supervisar, monitorear, inspeccionar y dar seguimiento con VA.
- 20-OCFS-INF-04 Contrato de seguridad en línea y celular del cuidador
- 20-OCFS-INF-04 Teléfono Celular Infantil y Contrato de Seguridad en Línea
- 20-OCFS-INF-04 Redes sociales: consejos para trabajadores de hogares de acogida
- 20-OCFS-INF-04 Redes sociales: Consejos para jóvenes en hogares de acogida
- 20-OCFS-INF-04 Social Media: Consejos para padres adoptivos y cuidadores
- 20-OCFS-LCM-11
Asignaciones de Subsidio en Bloque para el Año Fiscal Estatal (SFY) 2020-21 -
El propósito del Memorándum de Comisionados Locales (LCM) es proporcionar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sus asignaciones de Subvenciones en Bloque de Cuidado de Hogar para el Ejercicio Fiscal Estatal (SFY) 2020-21. Las diferencias notables con respecto a la LCM del año anterior incluyen: Una revisión de la metodología utilizada para determinar las asignaciones de apartamiento de tierras de LDSS y la provisión de información adicional sobre el impacto de los fondos no reclamados de la Subsidio en Bloque de Cuidado de Niños en el acuerdo de bienestar infantil del condado.
- 20-OCFS-LCM-07
Año fiscal federal 2020 John H. Chafee Foster Care Program for Successful Transition to Adulthood: Independent Living Allocations -
La finalidad del Programa John H. Chafee de Acogimiento Familiar para la Transición Exitosa a la Vida Adulta (CFCP) es ofrecer asistencia para ayudar a los jóvenes que se encuentran o han estado en acogimiento familiar a lograr la autosuficiencia. Este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) informa a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) de las asignaciones CFCP de los fondos del Año Fiscal Federal (FFY) 2020. Las asignaciones contenidas en el Anexo A de este memorando pueden utilizarse para gastos de servicios de Vida Independiente (IL) realizados desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020 y reclamados antes del 31 de marzo de 2021.
- 20-OCFS-LCM-07 Adjunto A — Asignaciones distritales para el Programa de cuidado de crianza John H. Chafee para una transición exitosa a la edad adulta: 10/1/19-9/30/20
- 20-OCFS-LCM-07 Adjunto B — Definiciones de Servicios de Vida Independiente
- 20-OCFS-LCM-07 Adjunto C — Tabla de Compra de Códigos de Servicio
- 20-OCFS-LCM-07 Adjunto D — Elegibilidad para los Servicios Chafee
- 20-OCFS-LCM-07 Adjunto E — Adjunto para Subvenciones del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos
2019
- 19-OCFS-ADM-21
Expansión de verificaciones de antecedentes para el personal de atención colectiva en virtud de la Ley de servicios de prevención de la familia primero (FFPSA) -
La presente Directiva Administrativa (ADM) tiene por objeto informar a las dependencias locales de servicios sociales (LDSS) y a los organismos voluntarios autorizados (VA) de los requisitos ampliados de verificación de antecedentes para las personas que trabajan en programas de atención congregada debido a la Ley de Servicios de Prevención Familiar Primero (FFPSA) y la Parte I del Capítulo 56 de las Leyes de 2019 (Capítulo 56). FFPSA requiere: a) una verificación de antecedentes penales estatales y nacionales; b) una verificación del registro estatal de maltrato y maltrato infantil (Registro Central Estatal [verificación de la base de datos SCR); y c) una verificación del registro de maltrato infantil en cualquier otro estado en el que la persona residió en los últimos cinco años. Este ADM contiene orientación actualizada relacionada con los requisitos de verificación de antecedentes. Se cancela el ADM anterior, Ampliación de Verificaciones de Antecedentes para Personal de Atención Congregada (19-OCFS-ADM-04).
- 19-OCFS-ADM-20
Tasas máximas de ayuda estatal para programas de acogimiento familiar y colocaciones del Comité Estatal de Educación Especial (CSE) — Vigente desde el 1 de julio de 2019 hasta el 31 de marzo de 2020 -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es emitir tasas máximas de ayuda estatal (MSAR) para programas de cuidado de crianza temporal y tasas de mantenimiento dentro del estado del Comité de Educación Especial (CSE) para programas residenciales aprobados por el Departamento de Educación del Estado de Nueva York (SED), con vigencia desde el 1 de julio de 2019 hasta el 31 de marzo de 2020.
- 19-OCFS-ADM-20 Adjunto A — MSAR para pagos FBH y subsidios de adopción
- 19-OCFS-ADM-20 Adjunto B — MSAR para SILPs
- 19-OCFS-ADM-20 Adjunto C — Factores de Crecimiento - VFCA MSAR y CSE Maint. Tarifa
- 19-OCFS-ADM-20 Adjunto D — MSARS para VFCA (Grp Care FBH)
- 19-OCFS-ADM-20 Adjunto E - Tarifas CSE en el Estado - Licencia OCFS
- 19-OCFS-ADM-20 Adjunto F — Tarifas de CSE en el Estado - Licenciado por otras agencias del Estado de NYS
- 19-OCFS-ADM-17
Fase 3 del módulo de colocación: función de búsqueda/coincidencia -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es introducir la Fase 3 del Módulo de Colocación en CONEXIONES (CNNX). Este nuevo componente de búsqueda/coincidencia de CNNX está diseñado para ayudar al departamento local de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) a encontrar las colocaciones adecuadas en hogares de crianza de manera eficiente y rápida. Adicionalmente, el personal directivo puede analizar la información recopilada en este módulo para identificar tendencias de la población de colocación, fortalezas y debilidades del programa, y proyectar necesidades de reclutamiento en hogares de acogida.
- 19-OCFS-ADM-13
Subir Documentos/Fotos a CONEXIONES -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es proporcionar una visión general de la nueva funcionalidad “Uploads” en el Sistema de Información de Bienestar Infantil del Estado de Nueva York (CONNECTIONS). La función Uploads permite a los usuarios subir fotografías y documentos dentro de CONNECTIONS, y vincularlos a una etapa, persona, nota de progreso, alegación o registro de salud donde luego pueden ser accedidos por otros usuarios asignados un rol en la etapa donde se encuentra el archivo cargado
- 19-OCFS-ADM-12
Plantilla y proceso de reautorización anual de hogares de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es liberar el formulario de Evaluación y Determinación Anual de Reautorización (OCFS-5183L) que debe utilizarse para completar el proceso de renovación anual, denominado “reautorización anual” de un internado de acogida (FBH). Esta ADM también recuerda a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a los organismos voluntarios autorizados (VA) los requisitos reglamentarios respecto a la reautorización anual.
- OCFS-5183L — Evaluación y Determinación Anual de Reautorización
- 19-OCFS-ADM-09
Prórroga de los porcentajes máximos de ayuda estatal para los programas de acogida y los programas residenciales para el Comité de Colocaciones de Educación Especial - En vigor desde el 1 de abril de 2019 hasta el 30 de junio de 2019 -
El propósito de la Directiva Administrativa (ADM) es ampliar las tasas máximas de ayuda estatal (MSAR) para los programas de acogida y las tasas de mantenimiento del Comité de Educación Especial (CSE) del estado para los programas residenciales aprobados por el Departamento de Educación del Estado (SED) por un período de tiempo limitado. Los MSAR vigentes desde el 1 de julio de 2018 hasta el 31 de marzo de 2019, emitidos en el documento 18-OCFS-ADM-21, seguirán vigentes para el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2019 y el 30 de junio de 2019.
- 19-OCFS-ADM-08
Formularios Requeridos para Referencias de Colocación del Pacto Interestatal sobre la Colocación de Niños (ICPC) -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) el requisito de utilizar formularios revisados al presentar una nueva solicitud bajo el Pacto Interestatal sobre la Colocación de Niños (ICPC) a la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS). Los formularios han sido revisados para facilitar su uso. El proceso de presentación de una solicitud permanece inalterado.
- OCFS-5050 — Lista de verificación para trabajadores de casos para solicitudes de estudio en el hogar de ICPC
- OCFS-5050G — Lista de Verificación de Colocación Residencial para Trabajadores Sociales - Regulación 4
- OCFS-5050A — Hoja de Cubierta
- OCFS-5050B — Certificación de elegibilidad del Título IV-E para colocaciones interestatales de niños de Nueva York
- OCFS-5050C — Plan Financiero-Médico
- OCFS-5050D - Resumen detallado del niño
- OCFS-5050E — Declaración Firmada del Administrador de Casos de Agencia Enviadora
- OCFS-5050F — Decisión de Colocación Expeditada Formulario de Solicitud de Estudio Domiciliario - Reglamento 7- Formulario Combinado
- 19-OCFS-ADM-07
Estándares modelo de licencia de la FFPSA y formularios actualizados para la certificación o aprobación de hogares temporales/adoptivos -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de la publicación de las normas modelo de concesión de licencias de la Ley Federal de Servicios de Prevención de la Familia (FFPSA) y la alineación del proceso del Estado de Nueva York para certificar o aprobar hogares de acogida con las normas modelo. Este ADM también publica los formularios actualizados que deben utilizar los LDSS y las VA al certificar o aprobar los hogares de acogida o de adopción.
- 19-OCFS-ADM-01
Comité de Tasas de Mantenimiento de Educación Especial para el 1 de julio de 2018, hasta el 30 de junio de 2019, para Escuelas Residenciales Fuera del Estado Aprobado por el Departamento de Educación del Estado de Nueva York -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es emitir las tasas de mantenimiento del Comité de Educación Especial (CSE) para las escuelas residenciales fuera del estado aprobadas por el Departamento Estatal de Educación (SED). Estas tasas de mantenimiento del CSE son efectivas para el periodo del 1 de julio de 2018, al 30 de junio de 2019.
- 19-OCFS-INF-06
Orientación terapéutica para el acogimiento familiar -
El propósito de esta carta informativa (INF) es proporcionar orientación a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) sobre el cuidado de acogida terapéutico (TFC), incluyendo los principios rectores, los resultados con su uso y los componentes clave de un modelo de cuidado de acogida terapéutico.
- 19-OCFS-INF-05
Solicitud del Bono de Educación y Formación y Requisitos de Admisibilidad -
El objetivo de esta carta informativa (INF) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias de voluntariado (VA) de los requisitos de solicitud y elegibilidad que deben cumplir los jóvenes para participar en el programa de vales de educación y formación del Estado de Nueva York (ETV).
- 19-OCFS-INF-04
Uso de las tecnologías de la comunicación por parte de los niños en régimen de acogida -
El objetivo de esta carta informativa (INF) es proporcionar orientación a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) sobre el uso de las tecnologías de la comunicación por parte de los niños en régimen de acogida. Se recuerda a los LDSS y a las VA que los cuidadores deben aplicar la norma de paternidad razonable y prudente (RPPS) al decidir si un niño en acogida puede participar en experiencias normativas. Las tecnologías de la comunicación son componentes esenciales de la normalidad para todos los niños, incluidos los que están en régimen de acogida.
Las tecnologías de la comunicación incluyen, pero no se limitan a, los teléfonos móviles, los dispositivos móviles, los ordenadores, las redes sociales e Internet. Por lo tanto, los cuidadores deben aplicar el RPPS para determinar la cantidad de apoyo que el niño necesita para acceder a las tecnologías de la comunicación de forma segura. A efectos de este INF, el término "niño(s)" incluye a los jóvenes hasta los 21 años. El término "cuidador" incluye al padre de acogida con el que se ha colocado al niño en acogida o a un empleado designado de un centro de acogida en el que se ha colocado al niño.
- 19-OCFS-LCM-20
Mantenimiento de los expedientes de elegibilidad -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) del requisito de mantener archivos de elegibilidad separados relacionados con cada niño para el cual el LDSS está reclamando reembolso federal y/o estatal. Algunos niños podrán optar a varios programas. Los archivos de elegibilidad deben cumplir todos los requisitos estatales y federales y ser fácilmente accesibles, en caso de control o auditoría por parte de funcionarios estatales y/o federales.
- 19-OCFS-LCM-18
Asignaciones del subsidio en bloque para el cuidado temporal del año fiscal estatal (SFY) 2019-20 - Revisado el 8/7/2019 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es proporcionar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sus asignaciones del Subsidio en Bloque para el Cuidado de Crianza para el Año Fiscal Estatal (SFY) 2019-20. No hay diferencias notables con respecto a los LCM de la subvención en bloque del año anterior.
- 19-OCFS-LCM-11
Informe final de la Administración Federal para la Infancia y las Familias sobre la revisión de la elegibilidad del Título IV-E para el acogimiento familiar primario de 2018 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (distritos locales) que el Estado de Nueva York fue recientemente encontrado en cumplimiento sustancial de los requisitos federales de elegibilidad del niño y del proveedor del Título IV-E por la Administración federal para Niños y Familias (ACF). Esta determinación se basó en la Revisión de Elegibilidad de Cuidado de Crianza Primaria Subsiguiente del Título IV-E (FCER), completada en la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) en Rensselaer, NY, durante la semana del 17 al 21 de septiembre de 2018. Este LCM transmite el informe final adjunto de la ACF sobre la revisión primaria subsiguiente de 2018 emitido por la ACF el 3 de enero de 2019.
- 19-OCFS-LCM-09
Fondo de transición de la familia primero -
Este LCM asesora a los LDSS sobre la disponibilidad de $3,000,000 del Fondo de Transición Family First. El 12 de abril de 2019, el gobernador Cuomo firmó legislación que estableció el Fondo de Transición Familiar Primero para ayudar a las LDSS a apoyar, reclutar y retener a familias de acogida actuales y potenciales, incluidos los cuidadores de parentesco (Capítulo 53 de las Leyes de 2019).
- 19-OCFS-LCM-08
Asignaciones federales para la vida independiente en el año fiscal 2019 -
El objetivo del programa John H. Chafee Foster Care Independence Program (CFCIP) es ofrecer asistencia para ayudar a los jóvenes actuales y antiguos en régimen de acogida a alcanzar la autosuficiencia. Este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) informa a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) de las asignaciones de CFCIP de los fondos del Año Fiscal Federal (FFY) 2019. Las asignaciones contenidas en el Anexo A de este memorándum pueden utilizarse para los gastos de servicios de Vida Independiente (IL) realizados desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019, y reclamados antes del 31 de marzo de 2020. Dichas reclamaciones se pagarán hasta el importe de la asignación y estarán sujetas a un requisito de contrapartida estatal/local del 20%. Los importes de la asignación no reclamados se redistribuirán a otros LDSS que tengan reclamaciones superiores a la asignación, o se utilizarán para apoyar las actividades de la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) relacionadas con la aplicación de la Ley de Independencia del Cuidado de Crianza de Chafee, lo que permitirá al Estado de Nueva York maximizar el uso de los fondos disponibles en virtud de esta corriente de financiación federal.
2018
- 18-OCFS-ADM-19
Responsabilidad de los programas de servicios de crisis para jóvenes fugados y sin hogar en relación con los niños indigentes y los jóvenes que han estado en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es dirigir los programas para jóvenes fugados y sin hogar (RHY) para que tomen acciones específicas cuando los jóvenes que son ex receptores de cuidado de crianza o que pueden cumplir con la definición de niño indigente, como este término se define en la sección 1092 de la Ley del Tribunal de Familia (FCA), se presentan en los programas RHY.
- 18-OCFS-ADM-18
Estabilidad educativa y requisitos de transporte para niños en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es dar a conocer y resumir el Kit de Herramientas para Estudiantes en Cuidado de Crianza para las Agencias Locales de Educación y las Agencias Locales de Servicios Sociales, desarrollado por la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) y el Departamento de Educación del Estado (SED), que debe ser utilizado para cumplir con los requisitos bajo la ley federal y estatal en relación con la inscripción y el transporte escolar de los niños en cuidado de crianza. El conjunto de herramientas está diseñado para crear un proceso estándar mediante el cual los distritos locales de servicios sociales (LDSS), las agencias voluntarias (VA) y las agencias locales de educación (LEA) deben coordinar sus esfuerzos para promover la estabilidad educativa de los estudiantes en régimen de acogida.
- 18-OCFS-ADM-17
Requisitos para el uso de la Empresa Nacional del Pacto Interestatal Electrónico (NEICE) -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es establecer las expectativas y los procedimientos para los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y las agencias voluntarias autorizadas (VA) en cumplimiento del requisito de la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) del Estado de Nueva York para la presentación electrónica de todas las solicitudes de colocación a través del Pacto Interestatal sobre la Colocación de Niños (ICPC), utilizando el National Electronic Interstate Compact Enterprise (NEICE).
- 18-OCFS-ADM-16
Proporcionar la verificación de la colocación en un hogar de acogida a los jóvenes de 18 años o más que salen del hogar de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) el nuevo requisito contenido en la Ley federal de Servicios de Prevención de la Familia (FFPSA), según el cual un niño que abandona el cuidado de acogida por haber cumplido los 18 años de edad o más y que ha estado en cuidado de acogida durante más de seis (6) meses no puede ser dado de alta del cuidado de acogida sin que se le proporcione la documentación oficial necesaria para demostrar que el joven estuvo previamente en cuidado de acogida. Este ADM también presenta el Formulario de Verificación de Colocación en Hogares de Acogida (OCFS-5184) con el fin de proporcionar dicha documentación, y proporciona instrucciones sobre cuándo y cómo debe completarse.
- 18-OCFS-ADM-14
Requisitos para la derivación al hogar de salud de los niños en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) del Programa de Hogares de Salud al Servicio de los Niños y de los criterios mínimos de elegibilidad y adecuación para remitir a este programa a los niños potencialmente elegibles en régimen de acogida. Este ADM anima a los LDSS a remitir a los niños en régimen de acogida al Programa de Hogares de Salud al Servicio de los Niños en cualquier momento durante su estancia en el régimen de acogida y requiere específicamente que los LDSS remitan a los niños elegibles a este programa en la preparación de su salida del régimen de acogida. Este ADM describe además los procedimientos y pasos que debe seguir el personal del LDSS para remitir a los niños en régimen de acogida al Programa de Hogares de Salud que atienden a los niños para que puedan recibir el servicio de Gestión de Cuidados en el Hogar de Salud. Por último, este ADM describe la autoridad del Departamento de Salud del Estado de Nueva York (DOH) para permitir que los LDSS deleguen en las agencias de acogida voluntaria (VFCA), que también son Agencias de Gestión de Cuidados en Hogares de Salud (CMA), la autoridad para hacer remisiones a los Hogares de Salud que atienden a los niños para los niños en acogida.
Nota: a efectos de este ADM, los términos niño, niños, jóvenes incluyen a las personas en régimen de acogida que tienen entre 0 y 21 años.
- 18-OCFS-ADM-13
Módulo de colocación en CONNECTIONS -
El objetivo de esta Directiva Administrativa (ADM) es presentar el nuevo módulo de Colocación en CONNECTIONS (CNNX). Este componente de CNNX está diseñado para ayudar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) a encontrar la mejor ubicación disponible para los niños. Esto proporciona más estabilidad a los niños en régimen de acogida y repercute positivamente en la seguridad, la permanencia y el bienestar de los niños en régimen de acogida.
- 18-OCFS-ADM-11
Tarifas de pago revisadas para los servicios de exención basados en el hogar y la comunidad de Bridges to Health (B2H), con efecto a partir del 1 de noviembre de 2017 -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) de la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) del Estado de Nueva York es publicar las tarifas de los proveedores para el Programa de Exención de Medicaid Basado en el Hogar y la Comunidad "Bridges to Health" (B2H), que entró en vigor el 1 de noviembre de 2017. En concreto, este ADM pretende actualizar las tarifas de B2H para alinearlas con las de otros programas de exención de Medicaid. Todas las tarifas B2H siguen siendo facturables al programa Medicaid por los proveedores B2H inscritos.
- 18-OCFS-ADM-07
Proceso de certificación o aprobación de hogares de acogida/adoptivos -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es dar a conocer y describir las nuevas herramientas que deben utilizarse para apoyar el proceso de certificación y aprobación de hogares de acogida/adoptivos. En el Estado de Nueva York, un solicitante puede ser certificado o aprobado como padre de acogida. Los solicitantes también pueden ser padres de acogida certificados o aprobados y padres adoptivos aprobados al mismo tiempo. A efectos de este ADM, los términos "hogar de acogida" y "padre de acogida" se refieren a ambas opciones. Este ADM también recuerda a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) los requisitos reglamentarios relativos a la certificación y aprobación de los hogares de acogida.
- 18-OCFS-INF-06
Ley de Servicios de Prevención de la Familia (FFPSA) (P.L. 115-123) -
Esta carta informativa (INF) sirve como introducción a la Ley de Servicios de Prevención de la Familia (FFPSA) para los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y las agencias voluntarias autorizadas (VA), y para resumir las disposiciones clave que afectan al bienestar infantil.
- 18-OCFS-INF-04
Requisitos para obtener el bono de educación y formación -
El objetivo de esta carta informativa (INF) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias de voluntariado (VA) de los requisitos de solicitud y elegibilidad que deben cumplir los jóvenes para participar en el programa de vales de educación y formación del Estado de Nueva York (ETV).
- 18-OCFS-INF-02
Doble certificación de hogares de acogida y hogares de tipo familiar para adultos -
El propósito de esta carta informativa (INF) es hacer que los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y las agencias voluntarias autorizadas (VA) sean conscientes de la posibilidad de que los hogares de acogida certificados o aprobados obtengan la certificación como hogares de tipo familiar para adultos (FTHA) para proporcionar la continuidad de la atención a un joven en cuidado de acogida que reside en el hogar de acogida que se acerca a los 21 años y que carece de las habilidades o la capacidad para vivir de forma independiente.
Tal y como se utiliza en este INF, el término "doble certificación" significa la capacidad de una persona para ser a la vez
- un padre de acogida certificado o aprobado para jóvenes en régimen de acogida hasta los 21 años, y
- un operador certificado de FTHA para un joven que haya estado en régimen de acogida y que tenga 21 años o más.
El anexo B, Dual Certification: Guidance for Caseworkers and Foster Parents on Foster Care and Family-Type Homes for Adults (Guía para trabajadores sociales y padres de acogida sobre hogares de acogida y hogares de tipo familiar para adultos), proporciona información sobre los FTHA, incluyendo cómo se aprueban, operan y supervisan dichos hogares. También se adjunta información en la que se explica cómo los padres de acogida que cumplen las normas de certificación de la FTHA pueden seguir prestando servicios a los antiguos jóvenes de acogida a su cargo.
- 18-OCFS-LCM-09
Asignaciones de la subvención global para el cuidado de crianza en el año fiscal estatal (SFY) 2018-19 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es proporcionar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sus asignaciones del Subsidio en Bloque para el Cuidado de Crianza para el Año Fiscal Estatal (SFY) 2018-19.
- 18-OCFS-LCM-07
Asignaciones federales para la vida independiente en el año fiscal 2018 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) de las asignaciones del Programa de Independencia del Cuidado de Crianza de Chafee (CFCIP) de los fondos del Año Fiscal Federal (FFY) 2018 y los fondos no gastados del FFY 17. Las asignaciones contenidas en el Anexo A de este memorando pueden utilizarse para los gastos de servicios de Vida Independiente (IL) realizados desde el 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2018, y reclamados antes del 31 de marzo de 2019. Dichas reclamaciones se pagarán hasta el importe de la asignación y estarán sujetas a un requisito de contrapartida estatal/local del 20%. Los importes de la asignación no reclamados se redistribuirán a otros LDSS que tengan reclamaciones superiores a la asignación o se utilizarán para apoyar las actividades de la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) relacionadas con la aplicación de la Ley de Independencia del Cuidado de Crianza de Chafee, lo que permitirá al Estado de Nueva York maximizar el uso de los fondos disponibles en virtud de esta corriente de financiación federal.
Se advierte a los LDSS que deben cumplir con todas las disposiciones establecidas en el documento 02- OCFS-LCM-05, publicado el 28 de febrero de 2002. Además, los LDSS deben cumplir las garantías ofrecidas al Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos (DHHS) que se enumeran en el Anexo B de dicho memorando, para poder recibir el reembolso de los fondos del CFCIP.
- 18-OCFS-LCM-04
Requisitos de la candidatura federal para el acogimiento familiar -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es abordar los pasos que deben tomarse para hacer determinaciones oportunas y precisas de la candidatura para el cuidado de crianza, permitiendo que los departamentos estatales y locales de servicios sociales (LDSS) reciban el reembolso federal para los gastos administrativos permisibles previos a la colocación asociados con los candidatos para el cuidado de crianza. Un candidato al Título IV-E para el acogimiento familiar es un niño que corre un riesgo grave o inminente de ser retirado de su hogar y colocado en un centro de acogida, como lo demuestra el hecho de que el LDSS persiga la retirada del niño del hogar o haga esfuerzos razonables para evitar dicha retirada.1 Este comunicado es necesario por los resultados de la asistencia técnica específica proporcionada por la Oficina de la Infancia (CB) de la Administración para Niños y Familias (ACF) y la Oficina de Gestión de Subvenciones (OGM) a la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) del Estado de Nueva York durante la semana del 13 al 16 de noviembre de 2017. El objetivo de la asistencia técnica específica era entender cómo la OCFS determinaba y documentaba la elegibilidad de los candidatos para el programa de cuidado de acogida del Título IV-E; discutir el proceso de reclamación utilizado por la OCFS para reclamar los pagos de mantenimiento del cuidado de acogida del Título IV-E, el coste administrativo, los índices de participación financiera federal y la documentación de apoyo; y discutir las reclamaciones del Título IV-E para la formación.
2017
- 17-OCFS-ADM-14
Política de visitas familiares para niños en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es aconsejar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) sobre la necesidad de desarrollar una política escrita, consistente con la seguridad y el mejor interés del niño, relacionada con el tiempo regular de crianza (visitas del padre del niño en cuidado de crianza) y las visitas familiares para los niños en cuidado de crianza. Este ADM señala que el contacto entre el niño y su(s) progenitor(es) tiene como objetivo la crianza del niño, por lo que a lo largo de todo el tiempo se denomina tiempo de crianza. Para los demás miembros de la familia, se denomina régimen de visitas. Este ADM proporciona orientación a los LDSS y a las VA para desarrollar una política escrita, que también debe desarrollarse en consulta con las partes interesadas pertinentes y ponerse a disposición de las familias y las partes interesadas a más tardar 90 días después de la publicación de este ADM.
- 17-OCFS-ADM-12
Prestación de servicios dentales a niños y jóvenes en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de los requisitos reglamentarios relativos a la provisión de revisiones periódicas de atención oral y/o dental y la derivación para la atención dental necesaria.
- 17-OCFS-ADM-05
Uso de la etapa de desarrollo de hogares de acogida y adopción (FAD) en CONNECTIONS -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es obligar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) a registrar la información vital relativa a la certificación o aprobación inicial, y a la renovación o reautorización anual de los hogares de acogida en secciones específicas de la etapa de Desarrollo de Hogares de Acogida y Adopción (FAD) en CONNECTIONS. Esta información también debe mantenerse en el registro del caso del hogar de acogida externo. Esta publicación también refleja el requisito de que los LDSS y las VA revisen, en el momento de la solicitud inicial de certificación o aprobación, la información disponible en CONNECTIONS para determinar si los posibles padres de acogida han tenido previamente un certificado o carta de aprobación como padres de acogida y si dicho certificado o carta de aprobación fue revocado, no renovado, o un niño de acogida fue retirado del hogar de acogida por razones de salud o seguridad.
- 17-OCFS-ADM-01
Inmunidad de responsabilidad al aplicar el criterio de paternidad razonable y prudente -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) sobre las disposiciones de la Parte M del Capítulo 54 de las Leyes de 2016 (Capítulo 54), que proporcionan inmunidad de responsabilidad a los padres de acogida, al personal designado de atención congregada, a las VA y a los LDSS con respecto a la aplicación del estándar de padre razonable y prudente (el estándar).
- 17-OCFS-INF-05
Cambios en el formulario OCFS-4930ASFA de solicitud de servicios de toma de huellas dactilares del Estado de Nueva York para la acogida y la adopción -
El propósito de esta carta informativa (INF) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de los cambios en el formulario OCFS-4930ASFA Request for NYS Fingerprinting Services. Los cambios en los formularios son necesarios porque el proveedor de huellas dactilares, IdentoGO, está actualizando su sitio web de programación para ofrecer una experiencia más fácil de usar; y un código de servicio sustituirá a la actual combinación de número de identificación del organismo de origen (ORI) y tipo de trabajo o licencia que los solicitantes han utilizado al programar. El nuevo código de servicio debe utilizarse al programar una cita para garantizar que los solicitantes de huellas dactilares de hogares de acogida y de adopción están programando para el área correcta del programa. El nuevo código de servicio y el formulario pueden utilizarse inmediatamente
- 17-OCFS-INF-04
Divulgación del número de la Seguridad Social de un niño en régimen de acogida para la ayuda al alquiler de la Sección 8 -
El objetivo de esta carta informativa (INF) es proporcionar información a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) sobre la divulgación del número de la Seguridad Social (SSN) de un niño en régimen de acogida a su(s) padre(s) adoptivo(s) con el fin de recertificar o solicitar la ayuda al alquiler de la Sección 8.
- 17-OCFS-INF-01
Copia certificada gratuita de un certificado de nacimiento de EE.UU. para jóvenes en régimen de acogida -
- DOH-4380 Solicitud por correo de copia de la partida de nacimiento
- Solicitud de ACS de copias de la partida de nacimiento
El propósito de esta carta informativa (INF) es proporcionar orientación a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias de voluntariado (VA) sobre cómo solicitar una copia certificada gratuita de un certificado de nacimiento de los Estados Unidos (EE.UU.) para un joven en cuidado de crianza en la preparación de la salida del joven del cuidado de crianza.
- 17-OCFS-LCM-09
Programa de vales de educación y formación del ejercicio fiscal federal 2017 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es proporcionar orientación a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sobre el programa de vales de educación y formación (ETV) del año fiscal federal 2017. El programa ETV tiene por objeto ayudar a los jóvenes que abandonan el sistema de acogida a realizar la transición hacia la autosuficiencia recibiendo la educación, la formación y los servicios necesarios para obtener un empleo. Este LCM también describe los procesos de solicitud y apelación, los criterios de elegibilidad para la concesión de fondos del programa ETV del FFY 2017 y los requisitos de financiación del programa.
- 17-OCFS-LCM-08
Asignaciones federales para la vida independiente en el año fiscal 2017 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) de las asignaciones del Programa de Independencia del Cuidado de Crianza de Chafee (CFCIP) de los fondos del Año Fiscal Federal (FFY) 2017. Las asignaciones contenidas en el Anexo A de este memorándum pueden utilizarse para los gastos de los servicios de Vida Independiente (IL) realizados desde el 1 de octubre de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2017 y reclamados antes del 31 de marzo de 2018. Dichas reclamaciones se pagarán hasta el importe de la asignación y estarán sujetas a un requisito de contrapartida estatal/local del 20%. Los importes de la asignación no reclamados se redistribuirán a otros LDSS que tengan reclamaciones superiores a la asignación, o se utilizarán para apoyar las actividades de la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) relacionadas con la aplicación de la Ley de Independencia del Cuidado de Crianza de Chafee, lo que permitirá al Estado de Nueva York maximizar el uso de los fondos disponibles en virtud de este flujo de financiación federal.
- 17-OCFS-LCM-06
Asignaciones de la subvención global para el cuidado de crianza en el año fiscal estatal (SFY) 2017-18 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es proporcionar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sus asignaciones de la Subvención en Bloque para el Cuidado de Crianza para el Año Fiscal Estatal (SFY) 2017-18 y las correspondientes implicaciones del programa, según lo autorizado por el Capítulo 53 de las Leyes de 2017.
2016
- 16-OCFS-ADM-20
Comprobación de las huellas dactilares y de los antecedentes penales de los padres adoptivos y de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM es proporcionar instrucciones y orientación actualizadas y completas a los departamentos locales de servicios sociales (LDSSs) y a las agencias voluntarias autorizadas (VAs) en relación con la realización de comprobaciones de antecedentes penales estatales y nacionales de acuerdo con la sección 378-a (2) de la Ley de Servicios Sociales (SSL). Este ADM también incluye orientaciones sobre la Parte M del Capítulo 54 de las Leyes de 2016 (Capítulo 54), que prohíbe la divulgación de los resultados de las comprobaciones de los antecedentes penales realizadas por la Oficina Federal de Investigación (FBI) a las AV, en consonancia con las normas federales que prohíben dicha divulgación directamente a entidades no gubernamentales. Consulte la sección de acciones requeridas y el anexo titulado "¿Qué hay de nuevo?" para obtener información específica sobre las disposiciones del Capítulo 54.
- 16-OCFS-ADM-18
Colocación, visitas y contactos de los hermanos en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias de voluntariado (VA) sobre las disposiciones del Capítulo 242 de las Leyes de 2016 (el Capítulo). El capítulo modifica varias disposiciones de la Ley de Tribunales de Familia (FCA) y de la Ley de Servicios Sociales (SSL) que se refieren al contacto y al régimen de visitas entre hermanos (incluidos los medio hermanos) cuando uno o más de los hermanos han sido expulsados de su hogar.
- 16-OCFS-ADM-16
Contactos para el trabajo con niños en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las Agencias de Voluntariado (VA) de las recientes enmiendas a 18 NYCRR §§ 428.3, 430.11, 430.12 y 441.21. Las enmiendas se refieren a los contactos de los trabajadores sociales1 con los niños en régimen de acogida colocados en residencias o centros de acogida situados fuera del Estado de Nueva York (NYS) y los que están en régimen de acogida que tienen 18 años o más y asisten a programas educativos o de formación profesional dentro del NYS.
- 16-OCFS-ADM-13
Requisitos relativos a los informes del CPS que implican a los padres de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es recordar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) los requisitos normativos y de política existentes en relación con los informes de sospecha de abuso o maltrato infantil que involucran a padres de acogida certificados o aprobados. El ADM también aborda otros requisitos normativos y políticos actuales que contribuyen a la prevención del abuso o el maltrato de los niños en régimen de acogida. Los requisitos reflejados en este ADM están destinados a apoyar la coordinación y la cooperación entre los LDSS y las VA que administran los programas de cuidado de crianza y de servicios de protección infantil (CPS) con el objetivo de mejorar la seguridad y el bienestar de los niños de crianza colocados en hogares de crianza certificados o aprobados.
- 16-OCFS-ADM-10
Continuación del Programa de Ayuda a la Tutela por Parentesco (KInGap) a un tutor sucesor -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) de la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) del Estado de Nueva York es proporcionar una actualización de la información que se proporcionó en el documento 15-OCFS-ADM-15 para abordar la implementación de una disposición promulgada por la Ley federal de Prevención del Tráfico Sexual y Fortalecimiento de las Familias (la Ley) [P.L.113-183]. Esta disposición se refiere a la continuación de los pagos del Programa de Asistencia a la Tutela por Parentesco (KinGAP) a un tutor sucesor si el tutor familiar original del KinGAP que recibe los pagos del KinGAP fallece o está incapacitado. La aplicación de esta disposición es necesaria para que el Estado de Nueva York siga manteniendo un Plan Estatal del Título IV-E que cumpla con los requisitos, lo cual es una condición para que el Estado de Nueva York y un departamento local de servicios sociales (LDSS) reciban fondos federales para el cuidado de crianza, la asistencia para la adopción y los pagos de KinGAP.
Con la emisión de esta política, la anterior política 15-OCFS-ADM-15 queda anulada y esta ADM la sustituye. Esta directiva política revisada refleja los recientes cambios estatutarios de Nueva York (Parte M del Capítulo 54 de las Leyes de 2016) con respecto a la elegibilidad de los tutores sucesores para recibir el reembolso de los gastos no recurrentes de la tutela.
Este comunicado sólo aborda la continuación de KinGAP a una disposición de la Ley sobre tutores sucesores. Otros comunicados políticos abordarán otros requisitos de la Ley.
- 16-OCFS-ADM-09
Protocolos y procedimientos para localizar y responder a los niños y jóvenes desaparecidos de los centros de acogida y no de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) de la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) del Estado de Nueva York es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de los requisitos relativos a la respuesta a los jóvenes que están ausentes sin consentimiento, desaparecidos o secuestrados de la atención o el hogar, tal como se establece en la Ley federal de Prevención del Tráfico Sexual y Fortalecimiento de las Familias (la Ley) [P.L. 113-183] y la regulación en 18 NYCRR 431.8, y que son
- en régimen de acogida (cuidado y custodia o tutela y custodia de LDSS u OCFS);
- en un caso abierto de servicios de protección de la infancia o de servicios preventivos;
- que reciben servicios de vida independiente financiados por el gobierno federal;
- bajo la supervisión del distrito de servicios sociales en virtud de una orden judicial; o
- menores de 21 años, dados de alta en otro acuerdo de convivencia planificado con un recurso de permanencia (APPLA), o considerados como dados de alta en APPLA, y bajo la supervisión del distrito de servicios sociales.
Este ADM ofrece orientación sobre la localización de un niño/joven ausente sin consentimiento, desaparecido o sustraído de su hogar de acogida o de su casa, así como instrucciones para que los asistentes sociales respondan una vez que el joven vuelva a estar bajo su cuidado.
- 16-OCFS-ADM-08
Requisitos de notificación y participación en la audiencia de permanencia -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) con respecto a las disposiciones del Capítulo 573 de las Leyes de 2015, modificado por el Capítulo 14 de las Leyes de 2016. Estos capítulos modifican el artículo 10-A de la Ley del Tribunal de Familia (FCA) en relación con la notificación y la participación de los niños en acogida de 10 años o más en sus audiencias de permanencia.
- 16-OCFS-ADM-02
Normativa que prohíbe la discriminación y el acoso en los programas de bienestar infantil y juvenil -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) sobre las disposiciones de 9 NYCRR §§ 180.5(a)(6), 182-1.5(g)(1) y 182-2.5(g)(1), y en 18 NYCRR §§ 421.3(d), 423.4(m)(7), 441.19(d) y 441.24, varios de los cuales entraron en vigor el 6 de noviembre de 2013. Estas regulaciones prohíben la discriminación y el acoso por parte del personal de LDSS y VA, los voluntarios y los padres de crianza certificados o aprobados contra los solicitantes de servicios de adopción, las familias que reciben servicios preventivos, los futuros padres de crianza, los padres de crianza y los niños de crianza, los jóvenes en programas para jóvenes fugitivos y sin hogar (RHY), y los jóvenes detenidos por motivos de raza, credo, color, origen nacional, edad, sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género, estado civil, religión o discapacidad, con el fin de promover y mantener un entorno seguro para los niños, los jóvenes y las familias que atiende la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS).
- 16-OCFS-ADM-01
Datos históricos del Departamento de Educación del Estado de Nueva York sobre niños en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es avisar al departamento local de servicios sociales (LDSS) y a las agencias autorizadas voluntariamente de una actualización de CONNECTIONS que proporciona registros y datos históricos de educación del Departamento de Educación del Estado de Nueva York (SED), que pueden ser utilizados con el propósito de abordar la estabilidad educativa de los niños en cuidado de crianza.
- 16-OCFS-INF-02
Divulgación de los números de la Seguridad Social de los niños de acogida por parte de los departamentos locales de servicios sociales a efectos del impuesto sobre la renta -
El propósito de esta publicación es proporcionar información a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) sobre la divulgación del número de la seguridad social (SSN) de un niño en régimen de acogida a su(s) padre(s) de acogida con el fin de presentar la declaración de la renta.
- 16-OCFS-LCM-16
Asignaciones federales para la vida independiente en el año fiscal 2016 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es transmitir a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) las asignaciones del Programa de Independencia del Cuidado de Crianza de Chafee (CFCIP) de los fondos del Año Fiscal Federal (FFY) 2016. Las asignaciones contenidas en el Anexo A de este memorándum pueden utilizarse para los gastos de servicios de Vida Independiente (IL) realizados desde el 1 de octubre de 2015 hasta el 30 de septiembre de 2016 y reclamados antes del 31 de marzo de 2017, y se pagarán hasta el importe de la asignación y estarán sujetos a un requisito de contrapartida estatal/local del 20 por ciento. Los importes de la asignación no reclamados se redistribuirán a otros LDSS que tengan reclamaciones superiores a la asignación, o se utilizarán para apoyar las actividades de la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) relacionadas con la aplicación de la Ley de Independencia del Cuidado de Crianza de Chafee, lo que permitirá al Estado de Nueva York maximizar el uso de los fondos disponibles en virtud de este flujo de financiación federal.
Esta LCM informa a los LDSS de que deben cumplir todas las disposiciones establecidas en el documento 02-OCFS-LCM-05, emitido el 28 de febrero de 2002, incluidas las garantías ofrecidas a los servicios del Departamento de Salud y Asuntos Humanos (DHHS) de EE.UU. que se enumeran en el anexo B de dicho memorando, para poder optar al reembolso de los fondos del CFCIP.
- 16-OCFS-LCM-14
Asignaciones de la subvención global para el cuidado de crianza en el año fiscal estatal (SFY) 2016-17 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es proporcionar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sus asignaciones de la Subvención en Bloque para el Cuidado de Crianza para el Año Fiscal Estatal (SFY) 2016-17 y las correspondientes implicaciones del programa, según lo autorizado por el Capítulo 53 de las Leyes de 2016.
- 16-OCFS-LCM-13
Programa federal de vales de educación y formación para el año fiscal 2016 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es proporcionar orientación a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sobre el año fiscal federal (FFY) 2016 programa de vales de educación y formación (ETV). El programa ETV tiene por objeto ayudar a los jóvenes que abandonan el sistema de acogida a realizar la transición hacia la autosuficiencia y a recibir la educación, la formación y los servicios necesarios para obtener un empleo. Este LCM también describe el proceso de solicitud, los criterios de elegibilidad para la concesión de fondos del programa ETV del FFY 2016 y los requisitos de financiación.
- 16-OCFS-LCM-04
Informe final de la Administración Federal para la Infancia y la Familia sobre la revisión de la elegibilidad primaria del Título IV-E de 2015 para el acogimiento familiar -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) que el Estado de Nueva York (NYS) fue recientemente encontrado en el cumplimiento sustancial de los requisitos federales del Título IV-E para niños y proveedores por la Administración federal para Niños y Familias (ACF). Esta determinación se basó en la posterior revisión primaria de elegibilidad del Título IV-E para el cuidado de crianza (FCER), completada en la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) en Rensselaer durante la semana del 14 al 18 de septiembre de 2015. El Estado de Nueva York aprobó el FCER de 2015 con dos casos de error. Este LCM transmite el informe final adjunto de la ACF sobre el FCER de 2015 publicado por la ACF el 29 de enero de 016.
2015
- 15-OCFS-ADM-22
Planificación de casos para jóvenes en régimen de acogida de 14 años o más -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es abordar la aplicación de las disposiciones de la Ley federal de Prevención del Tráfico Sexual y Fortalecimiento de las Familias (la Ley) [P.L. 113-183] que se centran en la planificación de casos y de la transición para los jóvenes en régimen de acogida de 14 años de edad o más.
- 15-OCFS-ADM-21
Apoyo a las experiencias normativas de los niños, jóvenes y adultos jóvenes en régimen de acogida: Aplicación de la norma de los padres razonables y prudentes -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es proporcionar información a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) en relación con el requisito de aplicar la norma de padres razonables y prudentes (la norma) establecida en la ley federal Preventing Sex Trafficking and Strengthening Families Act (la Ley) [P.L. 113-183].
- 15-OCFS-ADM-20
Planificación de la transición con los jóvenes para un alta satisfactoria -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) de la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) del Estado de Nueva York es proporcionar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) orientación sobre cómo desarrollar e implementar un plan de transición con todos los jóvenes para prepararlos para una vida adulta exitosa y discutir los requisitos específicos del plan de transición que se requieren para los jóvenes de 18 años o más que están saliendo del cuidado de crianza.
- 15-OCFS-ADM-19
Planificación para una vida adulta exitosa: Otro acuerdo de vida permanente planificado con un recurso de permanencia (APPLA) para jóvenes de 16 años o más -
El objetivo de esta Directiva Administrativa (ADM) es abordar la aplicación de varias disposiciones de la ley federal Preventing Sex Trafficking and Strengthening Families Act (la Ley) [P.L. 113-183].
- 15-OCFS-ADM-18
Carta de Derechos del Estado de Nueva York para niños y jóvenes en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de los cambios importantes en la ley federal y las correspondientes enmiendas a los reglamentos estatales que afectan el formulario de la Declaración de Derechos de los Niños y Jóvenes en Cuidado de Crianza (Declaración de Derechos) del Estado de Nueva York y la distribución requerida del formulario a los jóvenes en cuidado de crianza que tienen 14 años de edad o más debido a la promulgación de la Ley federal de Prevención del Tráfico Sexual y Fortalecimiento de las Familias [la Ley] (P.L. 113-183).
- 15-OCFS-ADM-17
Ley de Protección al Paciente y Atención Asequible y Medicaid hasta los 26 años -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS), incluida la Tribu St. Regis Mohawk, y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de los cambios relativos a los requisitos para la elegibilidad de Asistencia Médica (Medicaid) bajo la Ley federal de Protección al Paciente y Cuidado de Salud Asequible (ACA) [P.L. 111-148] para los jóvenes y adultos jóvenes que han estado en hogares de acogida y que son menores de 26 años y la opción continua de proporcionar Medicaid hasta los 21 años, en virtud de la Ley de Independencia de los Hogares de Acogida (FCIA) de 1999 [P.L. 106-169], para aquellos jóvenes y adultos jóvenes que tienen al menos 18 años de edad o más en el momento de ser dados de alta del cuidado y que no estaban recibiendo Medicaid en ese momento.
- 15-OCFS-ADM-14
Modelo de contrato revisado para la adquisición de servicios de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es notificar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de las revisiones más recientes hechas al contrato modelo de la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) para la compra de servicios de cuidado de crianza. El modelo de contrato revisado para la compra de servicios de acogimiento familiar que se describe en esta ADM sustituye al modelo de contrato publicado en el documento 13-OCFS-ADM-08 y anula dicha ADM.
- 15-OCFS-ADM-13
Comprobaciones de crédito anuales obligatorias para jóvenes y adultos jóvenes en régimen de acogida de 14 años o más -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de un cambio en la ley federal que requiere que los estados soliciten informes de los consumidores para los jóvenes en cuidado de crianza que han cumplido 14 años de edad. Antes de la modificación de la ley, la edad era de 16 años.
- 15-OCFS-ADM-11
Tasas máximas de ayuda estatal para los programas de acogida y los programas residenciales para el Comité de Colocaciones de Educación Especial - En vigor desde el 1 de julio de 2015 hasta el 31 de marzo de 2016 -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es emitir las Tasas Máximas de Ayuda Estatal (MSAR) para los Programas de Acogida y las Tasas de Mantenimiento del Comité de Educación Especial (CSE) del Estado para las Escuelas Residenciales aprobadas por el Departamento de Educación del Estado (SED), a partir del 1 de julio de 2015 hasta el 31 de marzo de 2016.
- 15-OCFS-ADM-07
Tasas máximas de ayuda estatal (MSAR) para los programas de acogida y los programas residenciales para el Comité de Colocaciones de Educación Especial - En vigor desde el 1 de abril de 2015 hasta el 30 de junio de 2015 -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es implementar el segundo factor de tendencia estatutaria (STF) para el personal de atención directa, los profesionales de apoyo directo y el personal clínico incluido en el presupuesto promulgado para el Año Fiscal Estatal 2014-15, según lo autorizado por la Parte I del Capítulo 60 de las Leyes de 2014.
- 15-OCFS-ADM-05 - Ley de Colocación Multiétnica de 1994 modificada por las disposiciones de adopción interétnica de 1996
-
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es proporcionar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) información sobre los requisitos de la Ley de Colocación Multiétnica de 1994 (MEPA), modificada por las Disposiciones de Adopción Interétnica (IEP) de la Ley de Protección del Empleo de Pequeñas Empresas de 1996.
- 15-OCFS-ADM-04
Tasas de reembolso por día para las instalaciones y programas operados por la OCFS - Final para el año fiscal 2011 -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es publicar las tarifas finales de reembolso por día para el año calendario (CY) 2011 para el cuidado proporcionado a los jóvenes colocados en instalaciones y programas operados por la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS).
- 15-OCFS-ADM-03
Tarifas de reembolso por día para las instalaciones y programas operados por la OCFS - Tarifas provisionales del año calendario (CY) 2012 para el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012 -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es publicar las tarifas provisionales de devolución de cargos en vigor para el Año Calendario (CY) 2012 para el cuidado proporcionado a los jóvenes colocados en instalaciones y programas operados por la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS).
- 15-OCFS-ADM-01
Definición de hermanos y ampliación de los requisitos de notificación a los familiares -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es abordar la aplicación de las disposiciones de la recientemente promulgada Ley federal de Prevención del Tráfico Sexual y Fortalecimiento de las Familias (P.L.113-183) en relación con la notificación adecuada a los familiares cuando un niño es retirado de su hogar. La política también aborda una aclaración asociada a la definición de hermano.
- 15-OCFS-INF-05
Formularios y anexos revisados de entrega judicial y extrajudicial del SSL (rev. 7/17/15) -
El propósito de esta carta informativa (INF) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) de la emisión por parte de la Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) de los formularios revisados de entrega y embargo prescritos asociados con las entregas ejecutadas de acuerdo con la sección 383-c de la Ley de Servicios Sociales (SSL). Los formularios revisados incluyen:
- Entrega judicial (OCFS 4315)
- Anexo A de la entrega judicial condicional (OCFS 4315A)
- Entrega extrajudicial (OCFS 4316)
- Anexo A del formulario de entrega extrajudicial (OCFS 4316A)
- 15-OCFS-INF-04
Presupuesto promulgado del Estado de Nueva York 2015-16 - Coste de cuidado y mantenimiento de las instalaciones operadas por la OCFS -
El Presupuesto Promulgado 2015-16 limita la cantidad que se puede facturar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS), incluida la ciudad de Nueva York (NYC), por el coste del cuidado de los jóvenes colocados en las instalaciones juveniles de la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) del Estado de Nueva York (NYS).
- 15-OCFS-INF-03
Ley de Prevención del Tráfico Sexual y Fortalecimiento de las Familias (P.L. 113-183) -
El propósito de esta Carta Informativa (INF) es notificar a los Departamentos Locales de Servicios Sociales (LDSSs) y a las Agencias Autorizadas Voluntarias (VAs) de la Ley Federal de Prevención del Tráfico Sexual y Fortalecimiento de las Familias (la Ley) [P.L. 113-183], y resumir las disposiciones clave que afectan al bienestar infantil.
- 15-OCFS-LCM-13
Asignaciones de la subvención global para el cuidado de niños en el año fiscal 2016 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) de la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) del Estado de Nueva York es proporcionar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sus asignaciones de la Subvención en Bloque para el Cuidado de Crianza para el Año Fiscal (FY) 2016 y las correspondientes implicaciones del programa, según lo autorizado por el Capítulo 53 de las Leyes de 2015.
- 15-OCFS-LCM-09
Asignaciones federales para la vida independiente en el año fiscal 2015 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es transmitir a los Departamentos Locales de Servicios Sociales (LDSS) las asignaciones del Programa de Independencia del Cuidado de Crianza de Chafee (CFCIP) de los fondos del Año Fiscal Federal (FFY) 2015.
- 15-OCFS-LCM-07
Programas de vales de educación y formación del ejercicio fiscal federal 2015-2016 -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es proporcionar orientación a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sobre el programa de vales de educación y formación (ETV) del año fiscal federal 2015-2016.
- 15-OCFS-LCM-04
Reembolso de la matrícula del distrito para los niños con discapacidades educativas colocados en instituciones de cuidado infantil o en centros de tratamiento residencial para niños y jóvenes por los distritos locales de servicios sociales, la OCFS o el Tribunal de Familia, o que son admitidos en el Hospital Infantil Blythedale para el año escolar 2014-2015 -
La Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York (OCFS) solicita su revisión de los datos de colocación de estudiantes para el año escolar 2014-2015 para los niños con discapacidades educativas que fueron reportados a la OCFS por los distritos locales de servicios sociales (LDSS) de acuerdo con la Sección 4006 de la Ley de Educación.
2014
- 14-OCFS-ADM-01
Finalización de la notificación de las detenciones posteriores en los hogares de acogida y adopción cerrados -
El propósito de esta Directiva Administrativa es establecer el proceso que deben utilizar los distritos de servicios sociales y las agencias voluntarias autorizadas para notificar a la Unidad de Revisión de Antecedentes Penales (CHRU) de la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS) cuando:
- Se ha retirado o denegado una solicitud de certificación o aprobación de un posible padre de acogida o de un posible padre adoptivo después de que la OCFS haya completado una comprobación de antecedentes penales;
- Un hogar de acogida se cierra y los padres de acogida de dicho hogar ya no están certificados o aprobados; o
- Una persona que era un padre adoptivo autorizado deja de serlo por la agencia autorizada.
La notificación oportuna a la OCFS por parte de la agencia autorizada es necesaria para evitar la divulgación no autorizada de información de antecedentes penales y para apoyar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables relacionadas con la verificación de antecedentes penales.
- 14-OCFS-LCM-16
Consentimientos médicos para niños indigentes -
El propósito de este Memorando de los Comisionados Locales (LCM) es informar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) de las disposiciones del Capítulo 279 de las Leyes de 2014 que entraron en vigor el 11 de agosto de 2014.
- 14-OCFS-LCM-15
Notificación precisa de las colocaciones de familias de acogida por parentesco -
El propósito del Memorándum de los Comisionados Locales (LCM) es proporcionar información a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) sobre un nuevo campo que debe introducirse para informar de las colocaciones de cuidado de acogida de parientes en el sistema de informes de bienestar infantil, Child Care Review Service (CCRS). Este nuevo requisito no es un cambio en la práctica en lo que respecta a las decisiones de interés superior para las colocaciones y las colocaciones de familiares (09-OCFS-ADM-04), sino que se pretende utilizarlo para reflejar con mayor precisión los datos sobre las colocaciones en hogares de acogida.
2013
- 13-OCFS-LCM-02
Informe final de la Administración Federal para la Infancia y la Familia sobre la revisión de la elegibilidad del Título IV-E para el acogimiento familiar primario de 2012 -
El propósito de este Memorándum de los Comisionados Locales (LCM) es informar a los Departamentos Locales de Servicios Sociales (distritos locales) que el Estado de Nueva York fue recientemente encontrado en cumplimiento sustancial con los requisitos federales de elegibilidad de niños y proveedores del Título IV-E por la Administración Federal para Niños y Familias (ACF).
2012
- 12-OCFS-ADM-03
Nuevo requisito relativo a la estabilidad educativa de los niños en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas de una nueva e importante disposición de la ley federal, la Ley de Mejora e Innovación de los Servicios para Niños y Familias (P.L.112-34), que entró en vigor el 1 de octubre de 2011.
- 12-OCFS-INF-04
Estabilidad educativa de los niños de acogida: OCFS, Departamento de Educación del Estado y Sistema Judicial Uniforme del Estado de Nueva York Orientación de Campo -
El propósito de esta carta informativa (INF) es proporcionar información al personal de bienestar infantil de los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y de las agencias voluntarias (VA), a las agencias educativas locales (distritos escolares, escuelas concertadas y Boards of Cooperative Educational Services - BOCES) y al poder judicial sobre los requisitos relacionados con la estabilidad educativa de los niños en acogida.
2011
- 11-OCFS-ADM-09
Salud reproductiva y servicios para jóvenes en régimen de acogida -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas sobre los requisitos relativos a los servicios de salud reproductiva para los jóvenes en régimen de acogida.
- 11-OCFS-ADM-07
Padres encarcelados y padres en tratamiento residencial por abuso de sustancias con hijos en régimen de acogida: Cese de la patria potestad y otras cuestiones -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es informar a los distritos de servicios sociales (distritos) y a las agencias voluntarias autorizadas (agencias) del Capítulo 113 de las Leyes de 2010 (Capítulo 113), que se convirtió en ley el 15 de junio de 2010.
- 11-OCFS-ADM-04
Designación religiosa de un niño en acogida y de un niño en adopción -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es recordar a los distritos de servicios sociales y a las agencias voluntarias autorizadas sus obligaciones legales y programáticas con respecto a la designación religiosa de un niño a la hora de hacer colocaciones de acogida y adopción.
- 11-OCFS-ADM-02
Reingreso en el sistema de acogida de jóvenes entre 18 y 21 años -
El propósito de esta Directiva Administrativa (ADM) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas sobre las disposiciones del Capítulo 342 de las Leyes de 2010 y las enmiendas relacionadas con la ley federal y estatal.
- 11-OCFS-INF-07
Elegibilidad para comidas escolares gratuitas - Niños de acogida & Niños colocados por el tribunal en hogares de acogida -
El propósito de esta carta informativa (INF) es asesorar a los departamentos locales de servicios sociales (LDSS) y a las agencias voluntarias autorizadas (VA) sobre las nuevas disposiciones promulgadas en la Ley de Niños Sanos y sin Hambre de 2010.
- 11-OCFS-INF-03
Notificación a los padres de un cambio de colocación de un niño en un hogar de acogida -
El objetivo de esta carta informativa (INF) es proporcionar a los distritos locales de servicios sociales (distritos) y a las agencias voluntarias autorizadas (agencias) información sobre una práctica recomendada reconocida cuando se produce un cambio de colocación de un niño en un hogar de acogida.