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Noticias importantes para los antiguos jóvenes en régimen de acogida sobre la Ley de Asistencia Asequible (ACA)

La Ley de Asistencia Asequible (ACA) es un nuevo y completo programa federal de seguros de salud diseñado para proporcionar a más personas el acceso a la cobertura del seguro de salud y establecer protecciones legales para los consumidores.

¿En qué consiste la disposición de la Ley de Asistencia Asequible para los antiguos jóvenes de acogida (FFY)?

Una de las disposiciones más populares de la ACA permite que los hijos menores de 26 años permanezcan en el seguro médico de sus padres. Reconociendo que los niños que son dados de alta del sistema de acogida no tienen la opción de permanecer en el seguro de sus padres, la ACA incluye una disposición para que los adultos jóvenes que son dados de alta del sistema de acogida permanezcan en Medicaid hasta los 26 años, independientemente de sus ingresos o recursos.

¿Quiénes pueden participar?

Para ser elegible, un joven debe cumplir todos los criterios siguientes:

  • El joven dado de alta definitivamente debe haber estado bajo la custodia de un Comisionado de un departamento local de servicios sociales o del Comisionado de la Oficina de Servicios para Niños y Familias en el momento de cumplir 18 años; Y
  • El joven debe haber sido beneficiario de Medicaid al cumplir los 18 años o el día del alta definitiva.

Esta disposición se aplica a cualquier joven que cumpla estos criterios y haya sido dado de alta después del 1 de enero de 2007.

¿Siguen siendo elegibles los jóvenes que cumplen los criterios si regresan a sus familias o son adoptados después del alta?

Sí. Cualquier joven que cumpla con los criterios mencionados anteriormente es elegible, independientemente de su régimen de vida después del alta.

¿Existen pruebas de ingresos o recursos?

No. No hay pruebas de ingresos ni de recursos.

¿Cuándo entra en vigor esta disposición?

Esta disposición entra en vigor el 1 de enero de 2014. Los jóvenes que han sido dados de alta de un hogar de acogida pueden solicitar Medicaid en cualquier momento antes de cumplir los 26 años.

¿Pueden acogerse a esta disposición los JJ.FF. en todos los estados?

Sí. Los estados deben cubrir a todos los FFY que hayan sido dados de alta de la acogida en el estado y que sigan residiendo en él. Los Estados pueden optar por cubrir a los jóvenes que cumplan los criterios de elegibilidad pero que hayan sido dados de alta en otro Estado. Véase más abajo.

¿Tendrán derecho a esta cobertura los jóvenes que estuvieron en régimen de acogida fuera de Nueva York?

Sí. Nueva York optó por cubrir a los jóvenes que estaban en régimen de acogida en otro estado pero que ahora viven en Nueva York.

Los jóvenes que estuvieron en régimen de acogida en Nueva York, pero que ahora viven en otro estado, tendrán que consultar con el programa Medicaid del estado en el que ahora residen para determinar a qué programa de seguro médico pueden acogerse en ese estado.

¿Cómo deben inscribirse en Medicaid las personas con discapacidad en virtud de esta disposición?

Los jóvenes deben ponerse en contacto con el Departamento de Servicios Sociales del condado en el que viven actualmente para inscribirse. Hay un directorio disponible aquí o en el sitio web OCFS.

Los jóvenes también pueden ir a Estado de Salud de Nueva York, el mercado de atención médica de Nueva York, para inscribirse.

¿Qué documentación necesitará FFY para inscribirse?

Los FFY no necesitan tener la documentación consigo cuando se ponen en contacto con un condado para inscribirse. Los condados se encargarán de la verificación y notificarán al FFY cuando se confirme su elegibilidad. El proceso será más rápido si los jóvenes pueden aportar uno de los siguientes documentos:

  • Una declaración de la agencia estatal o del condado que verifique que el individuo estaba bajo su custodia a los 18 años.
  • Una declaración del organismo responsable de la colocación en la que se verifique que el individuo estaba bajo la custodia del estado o del condado a los 18 años.
  • Una copia de la orden judicial que verifique que el individuo estaba bajo la custodia del estado o del condado a los 18 años.
  • Una copia de su Plan de Transición a la Acogida Familiar que incluya la situación de acogida y Medicaid.
¿Tiene que hacer algo un FFY que ya está inscrito en Medicaid?

Los FFY que ya están inscritos en Medicaid no tienen que hacer nada. El sistema de Medicaid ajustará su situación para mantenerlos inscritos.

¿Qué medidas deben tomarse para inscribir a los jóvenes que abandonan el sistema de acogida de aquí al 1 de enero de 2014?

Actualmente no debería haber ningún cambio en la forma en que los jóvenes son dados de alta de los hogares de acogida. La OCFS proporcionará orientación adicional a los distritos locales cuando esté disponible.

¿Qué debería ocurrir para garantizar que los jóvenes dados de alta del sistema de acogida después del 1 de enero de 2014 reciban esta prestación?

Los jóvenes se inscribirán en Medicaid cuando completen su plan de transición al ser dados de alta y podrán seguir inscritos hasta que cumplan 26 años.

Un agradecimiento especial al Schuyler Center for Analysis and Advocacy y a Casey Family Programs por recopilar esta información.