Se encuentra en esta página: Consejos útiles para presentar una solicitud FOIL
Contenido
Consejos útiles
Antes de presentar una solicitud FOIL, revise las siguientes advertencias.
Registros mantenidos por la OCFS
Sepa qué registros mantiene la OCFS y cuáles no.
Registros CPS/ACS
Si solicita registros relacionados con informes de abuso y maltrato infantil, envíe su solicitud por escrito al Registro Central de Abuso y Maltrato Infantil del Estado de Nueva York (SCR) en
Centro de servicios SCR
P.O. Box 4480
Albany, Nueva York 12204
Estos registros no se pueden divulgar en virtud de la ley FOIL. Si usted presenta una solicitud a través de FOIL para los registros de CPS/ACS, su solicitud será denegada y se le enviará la información anterior que describe cómo solicitar este tipo de registros.
Registros de CPS/ACS de entidades de fuera del estado u otras agencias
Si solicita registros de abuso y maltrato infantil de una entidad pública de otro estado o de otra agencia de servicios de protección infantil, envíe sus solicitudes por fax directamente al Registro Central Estatal de Abuso y Maltrato Infantil (SCR).
Para que su solicitud sea procesada
- la solicitud debe llevar el membrete de su empresa,
- debe incluir los nombres y las fechas de nacimiento de todas las partes, e indicar la finalidad para la que solicita los registros, y
- los registros que reciba a causa de esta solicitud no podrán volver a ser divulgados, y su solicitud por fax debe indicarlo.
Puede enviar su fax directamente al 518-486-3424.
Si solicita estos registros a través de FOIL, su solicitud será denegada y se le indicará que siga el proceso descrito anteriormente.
Registros para jóvenes en custodia
Si usted está solicitando registros de jóvenes mientras un joven estaba bajo el cuidado o la custodia de la OCFS, entonces su solicitud debe ser dirigida a la División de Asuntos Legales de la OCFS, Unidad de Justicia Juvenil. Estos registros no deben solicitarse en virtud de la FOIL, ya que el artículo 501-c de la Ley Ejecutiva regula el acceso a los registros de los jóvenes bajo tutela. Cualquier solicitud de registros de jóvenes debe dirigirse a la siguiente dirección:
Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York
División de Asuntos Jurídicos, Unidad de Justicia Juvenil
52 Washington Street
North Building, Room 224
Rensselaer, NY 12144
Ayudar a reducir el tiempo de procesamiento
Al presentar una solicitud de registros, las siguientes sugerencias pueden reducir el tiempo de tramitación:
- Asegúrese de que pide registros específicos de y no ideas abstractas. Describa el/los registro(s) deseado(s) con el mayor detalle posible para que podamos intentar identificar y localizar el/los registro(s) exacto(s) que responden a su solicitud. Es esencial identificar los incidentes por su ubicación; también hay que incluir nombres completos, fechas de nacimiento, otras fechas relevantes, descripciones, direcciones y cualquier otro dato de identificación.
- Por favor, proporcione su nombre, dirección y número de teléfono donde pueda ser localizado durante el horario de trabajo, así como una dirección de correo electrónico con cualquier solicitud FOIL presentada a la OCFS.
- Especifique si desea inspeccionar los registros o que se le envíen copias de los mismos por correo electrónico o en papel.
- Si los registros están disponibles, especifique cómo quiere que se envíen, es decir, por correo de EE.UU., correo electrónico o fax. Podemos optar por enviar los registros por correo de EE.UU., si usted ha solicitado un gran volumen de registros, por seguridad u otras razones importantes.
- Tenga en cuenta que la agencia no está obligada a crear un nuevo registro en respuesta a sus solicitudes FOIL.
- Tenga también en cuenta que, según la FOIL, un organismo no está obligado a responder a una solicitud en forma de pregunta. Le rogamos que se abstenga de presentar solicitudes que sean preguntas, ya que recibirá inmediatamente una carta de aclaración de la agencia en la que se le preguntará qué tipo de registro está buscando.
- Una vez que envíe una solicitud, le rogamos que se abstenga de enviar un correo electrónico o llamar por teléfono y añadir registros adicionales a una solicitud ya existente. Se le indicará que presente una solicitud por separado para obtener registros adicionales.
- Absténgase de llamar o escribir para conocer el estado de una solicitud. Comprobar el estado de la situación resta tiempo a la tramitación de los cientos de solicitudes que se reciben cada mes. Si no recibe una respuesta por escrito en un plazo de cinco (5) días laborables (tenga en cuenta el tiempo de tránsito postal), póngase en contacto con nosotros.
- Revise las exenciones descritas en la Ley de Funcionarios Públicos, Artículo 6, Secciones 87 y 89 para comprender las posibles redacciones o denegaciones de registros.
Para más información sobre FOIL, visite el sitio web del Comité del Estado de Nueva York sobre Gobierno Abierto .